ACCIDENTE DE TRABAJO
Infarto de miocardio producido en el vestuario y después de haber fichado el trabajador y mientras se colocaba los equipos de protección individual preceptivos. El Tribunal Supremo matiza sin alterar la doctrina genéricamente establecida en relación con los infartos de miocardio sufridos por un trabajador en el vestuario antes de comenzar su jornada, en atención a ciertas circunstancias relevantes como las que concurrieron en el caso de la sentencia de contraste y, con mayor intensidad aún, las que se han dado en el caso de autos. En el caso permite hacer jugar la presunción de laboralidad del accidente establecida en el artículo 115.3 de la LGSS. Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de octubre de 2012.
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