El Banco Malo o Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, aparece como novedad en el Real Decreto-Ley 24/2012, de de 31 de agosto, de reestructuración y resolución de entidades de crédito y según prevé la propia norma estará operativo a principios del mes de diciembre.
Este Banco Malo tendrá por único objeto la tenencia, gestión y administración directa o indirecta, adquisición y enajenación de los activos que le transfieran las entidades de crédito que están obligadas a dicha transferencia, esto es, las mayoritariamente controladas por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria o FROB (Bankia, Caixa Catalunya, Novagalicia y Banco de Valencia), así como las que determine el Banco de España.
Dicho Banco público aglutinará todos los activos inmobiliarios que la banca se ha adjudicado tras el estallido de la burbuja inmobiliaria.
IURE Abogados acogió el pasado 4 de Octubre, la celebración de una Mesa Redonda de expertos bajo la premisa Banco Malo –vs– Recuperación del Sector Inmobiliario.
Algunas de las conclusiones alcanzadas en esta mesa redonda tras el cruce de opiniones de los participantes se exponen en esta tribuna de opinión, en la que como conclusión primera se alcanzó la de que el Banco Malo no es malo, es malísimo!
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