La actual coyuntura económica, con la consiguiente destrucción de empleo asalariado, convierte la modalidad de pago único de la prestación por desempleo y el subsiguiente autoempleo, en una alternativa seria para el parado. La reciente modulación de alguno de los requisitos exigidos, para aquellas solicitudes que se formulen entre el 20 de agosto de 2009 y el 31 de diciembre de 2010, que ha efectuado el Real Decreto 1300/2009, de 31 de julio, de medidas urgentes de empleo destinadas a los trabajadores autónomos y a las cooperativas y sociedades laborales (BOE 200, 19 agosto), justifica que revisemos los aspectos más relevantes de esta modalidad de pago de la prestación por desempleo.
1. PAGO ÚNICO COMO MEDIDA DE FOMENTO DEL EMPLEO
Con el pago único
se pretende incentivar, facilitándolo, el retorno del desempleado a la vida laboral, sea como trabajador autónomo, o bien, incorporándose como socio trabajador o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales existentes o de nueva constitución.
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