á Las provisiones en el ámbito contable no son ni más que un reflejo de lo que ordena el Principio de Prudencia Valorativa.
á En términos generales, no se pueden llevar a cabo estimaciones de riesgo de insolvencia a tanto alzado.
á No serán deducibles aquellas partidas que las sociedades destinen para cubrir pérdidas eventuales, riesgos previsibles ni gastos o deudas probables.
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