NUEVA LEY DE PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES DEL MAR
En el BOE del pasado 22 de octubre se Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero. El nuevo texto actualiza y unifica la normativa vigente hasta el momento, que cumplía más de 40 años, para regular tanto el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar como el resto de prestaciones y servicios gestionados por el Instituto Social de la Marina como entidad encargada de la protección y problemática social del sector marítimo-pesquero.
Incorporación de nuevos colectivos
La ley ordena los trabajadores inscritos en él en dos grandes colectivos: los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia, e incorpora nuevos colectivos a este régimen especial de la Seguridad Social y
– Trabajadores por cuenta ajena: como novedad se incluyen, además de los que ya estaban encuadrados, al personal que presta sus servicios en plataformas fijas para exploración o explotación de recursos marinos, el personal de investigación y de seguridad a bordo de embarcaciones de marina mercante o pesca marítima, y los trabajadores dedicados a la acuicultura. También están en este grupo los buceadores, rederos, estibadores, prácticos de puerto y el personal administrativo de empresas estibadoras.
– Trabajadores por cuenta propia: se define a las personas trabajadoras por cuenta propia, manteniéndose como autónomos aquellos que venían definidos como tales en el texto refundido de 1974 e incluyéndose un nuevo colectivo de autónomos dedicados a la marina mercante que, hasta ahora, quedaban encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. También se incluyen los autónomos dedicados a la acuicultura y los buzos profesionales, excluidos los recreativos.
¿Quieres seguir leyendo?
Suscríbete a Fiscal al día desde