El objetivo de esta norma es aproximar las pensiones de jubilación de las clases pasivas del Estado a las del sistema de la Seguridad Social.
La nueva regulación solo sera aplicable a las pensiones causadas a partir del 1 de enero de 2009. Por tanto, quienes antes de esa fecha estuvieran ya recibiendo una pension no experimentaran ningun cambio en las cuantias.
Tal y como establecio la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009, y siguiendo las recomendaciones del Pacto de Toledo y la necesidad de control del gasto publico, el Gobierno, a traves de este Real Decreto, ha establecido los criterios para acercar el regimen de las pensiones ordinarias
de jubilación o retiro de clases pasivas, asi como su regimen de incompatibilidades, al regimen general de la Seguridad Social. En concreto, lo que se aprobo es una reduccion porcentual de hasta el 25% de la
cuantia de las pensiones ordinarias de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad cuando los beneficiarios de dichas pensiones acrediten menos de 20 años de servicios al Estado, y la incapacidad o inutilidad que motive la jubilación o el retiro no inhabilite a su titular
para toda profesion u oficio.
#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}
#cortardivhglobal{display: none !important;}
¿Quieres seguir leyendo?
Suscríbete a Fiscal al día desde