Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de noviembre de 2005.
La cuestión planteada en esta sentencia en recurso de casación para la unificación de doctrina consiste en determinar si el importe de la retribución variable ha de quedar incluido en el cálculo de la indemnización a recibir por el empleado.
El Tribunal Supremo mantiene su propio criterio expresado mediante la Sentencia proveniente del recurso de casación para la unificación de doctrina de 19 de noviembre de 2001 por el cual la retribución variable ha de tomarse en cuenta para el cálculo de la indemnización a la que tiene derecho el empleado por extinción de la relación laboral a petición del propio empleado por darse las causas del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.
En los hechos probados en la Sentencia de instancia se declara que la retribución pactada a partir del 1 de enero de 2004 era de 70.000 euros al año como parte fija más 10.000 euros como variable. Es decir, que esta cantidad había de percibirse con independencia de la consecución de determinados objetivos.
Base de Datos Fiscal-Laboral al día, marginal 242891.
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