Alertas Jurídicas jueves , 21 noviembre 2024
Inicio » Sentencias Fiscal » El incumplimiento de la obligación de suministrar información tributaria tras un requerimiento de los órganos de la Inspección constituye una conducta que conlleva una infracción tributaria

El incumplimiento de la obligación de suministrar información tributaria tras un requerimiento de los órganos de la Inspección constituye una conducta que conlleva una infracción tributaria

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de 28 de octubre de 2005.

El artículo 111 de la Ley General Tributaria de 1963, en la redacción dada por la Ley 25/1995, (hoy artículo 93 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria) atribuye a toda persona, natural o jurídica, pública o privada, la obligación de proporcionar a la Administración Tributaria toda clase de datos, informes o antecedentes con transcendencia tributaria, deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas. El cumplimiento de esta obligación puede llevarse a cabo con carácter general o a requerimiento individualizado efectuado por los órganos de la Inspección tributaria.


 


El artículo 82.3 de la Ley General Tributaria contemplaba el sistema de sanciones previsto para los incumplimientos de la obligación de suministrar información tributaria. Así, el incumplimiento de los deberes de suministrar, datos, informes o antecedentes se sancionará con multas de 1.000 a 200.000 pesetas por cada dato omitido, falseado o incompleto que debiera figurar en las relaciones correspondientes o ser aportado en virtud de los requerimientos efectuados. Si como consecuencia de la resistencia del sujeto infractor o del incumplimiento de sus obligaciones contables y formales, la Administración Tributaria no pudiera conocer la información solicitada ni el número de datos que ésta debiera comprender, la infracción simple inicialmente cometida se sancionará con multa que no podrá exceder del 5% del volumen de operaciones del sujeto infractor en el año natural anterior al momento en que se produjo la infracción sin que, en ningún caso, la multa pueda ser inferior a 150.000 pesetas.


 


En el caso analizado, se requirió por dos veces al obligado tributario para la aportación de determinada información que se consideraba de transcendencia para la gestión tributaria en el desarrollo de una actuación inspectora de comprobación respecto de otro obligado tributario. El obligado tributario no atendió ninguno de los dos requerimientos por lo que se produjo un perjuicio para la Hacienda Pública en el sentido de que determinada actuación inspectora de comprobación ha quedado detenida o gravemente entorpecida por lo que la conducta del obligado tributario ha de ser sancionada.


 


Base de datos Fiscal-Laboral al día, marginal 3563teac

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero



¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

No cabe condicionar la exención por reinversión de la ganancia derivada de la venta de la vivienda habitual en el IRPF a la entrega de la futura vivienda No cabe exigir al responsable subsidiario un recargo de apremio cuando otro responsable subsidiario ha solicitado el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda en el periodo voluntario de pago Atendiendo al carácter ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

El Tribunal Supremo dice que el impuesto valenciano de actividades sobre el Medio Ambiente no vulnera los principios de generalidad, igualdad y capacidad económica ni el derecho de la UE  La escisión de los inmuebles de una entidad dedicada a la hostelería a favor de otra del grupo que se los arrienda, puede acogerse al régimen especial del IS de ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL MAYO 2020 El TS se pronuncia sobre el denominado “céntimo sanitario” El TSJ de Galicia se pronuncia sobre autoliquidación del IRPF El TSJ de Galicia se pronuncia sobre la liquidación del Impuesto de TP y AJD     TRIBUNAL SUPREMO   CÉNTIMO SANITARIO   PRIMERO.- La representación procesal de la entidad AUTOCARES SIERRA   BERMEJA, S.L. interpuso ante esta ... Leer Más »

Jurisprudencia Fiscal

Jurisprudencia Fiscal

JURISPRUDENCIA FISCAL ABRIL 2020   El TS se pronuncia sobre el concepto de operaciones accesorias a efectos de prorrata en el IVA   El TS exige el análisis de las cláusulas modificativas del contrato de crédito para determinar su sujeción a AJD   El TS concreta el dies a quo del plazo de prescripción de la regularización de la exención ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día