Alertas Jurídicas sábado , 20 abril 2024
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El inquilino de un bar va a traspasar el contrato de arrendamiento a un tercero y el dueño quiere ejercer el derecho de tanteo de forma que se convierte en titular del contrato de arrendamiento. ¿Debe repercutir el inquilino el IVA por el traspaso?

Juan López, SalamancaEl inquilino del bar va a vender a través del traspaso su derecho de arrendamiento. Si el propietario ejerce el derecho de tanteo sobre la venta del derecho de traspaso, será al propietario a quien tendrá que vender el inquilino del bar. El inquilino está transmitiendo un derecho a cambio de un precio y se trata de una operación sujeta y no exenta de IVA en concepto de prestación de servicios por lo que el inquilino queda obligado a repercutir el IVA aplicando el tipo de gravamen del 16% y emitiendo la factura correspondiente.

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