Alertas Jurídicas viernes , 26 abril 2024
Inicio » Sentencias Fiscal » El plazo de repercusión del I.V.A. es de un año desde que se produjo el devengo del mismo, excepto en los casos de modificación de las facturas inicialmente emitidas.

El plazo de repercusión del I.V.A. es de un año desde que se produjo el devengo del mismo, excepto en los casos de modificación de las facturas inicialmente emitidas.

Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 9 de octubre de 2002

Se discute en este expediente cuál es el plazo de repercusión del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) Así, el fallo recuerda que el plazo de repercusión del Impuesto sobre el Valor Añadido es de un año, salvo cuando se haya producido la rectificación de las cuotas impositivas repercutidas, porque el importe de las mismas se hubiera determinado de forma incorrecta, o bien porque la base imponible, que en un principio se determinó, no hubiera sido la adecuada.


La carga de la prueba de que alguna de estas circunstancias se ha producido, y de que, por tanto, el plazo para efectuar la nueva repercusión es de cuatro años, que es el plazo general de prescripción, corresponde al sujeto pasivo.


En el presente caso, el recurrente no aportó prueba alguna que justificara la aplicación del precepto relativo a la rectificación de las cuotas impositivas repercutidas, por lo que el Tribunal declara que el plazo aplicable para llevar a cabo la repercusión era el plazo general de un año, y al no haberse efectuado en este período, ya no puede realizarse.

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero



¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

No cabe condicionar la exención por reinversión de la ganancia derivada de la venta de la vivienda habitual en el IRPF a la entrega de la futura vivienda No cabe exigir al responsable subsidiario un recargo de apremio cuando otro responsable subsidiario ha solicitado el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda en el periodo voluntario de pago Atendiendo al carácter ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

El Tribunal Supremo dice que el impuesto valenciano de actividades sobre el Medio Ambiente no vulnera los principios de generalidad, igualdad y capacidad económica ni el derecho de la UE  La escisión de los inmuebles de una entidad dedicada a la hostelería a favor de otra del grupo que se los arrienda, puede acogerse al régimen especial del IS de ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL MAYO 2020 El TS se pronuncia sobre el denominado “céntimo sanitario” El TSJ de Galicia se pronuncia sobre autoliquidación del IRPF El TSJ de Galicia se pronuncia sobre la liquidación del Impuesto de TP y AJD     TRIBUNAL SUPREMO   CÉNTIMO SANITARIO   PRIMERO.- La representación procesal de la entidad AUTOCARES SIERRA   BERMEJA, S.L. interpuso ante esta ... Leer Más »

Jurisprudencia Fiscal

Jurisprudencia Fiscal

JURISPRUDENCIA FISCAL ABRIL 2020   El TS se pronuncia sobre el concepto de operaciones accesorias a efectos de prorrata en el IVA   El TS exige el análisis de las cláusulas modificativas del contrato de crédito para determinar su sujeción a AJD   El TS concreta el dies a quo del plazo de prescripción de la regularización de la exención ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día