Alertas Jurídicas jueves , 21 noviembre 2024
Inicio » Sentencias Fiscal » El poder conferido a efectos del art.10 de la Ley del I.S. no distingue entre residentes con o sin establecimiento permanente.

El poder conferido a efectos del art.10 de la Ley del I.S. no distingue entre residentes con o sin establecimiento permanente.

Sentencia de la Audiencia Nacional de 23 de septiembre de 2004

 


En el presente supuesto, la recurrente alega la nulidad del Acta de Inspección y de la liquidación derivada de la misma, por haber sido suscrita el Acta y entendidas las actuaciones con í¬una persona carente de poderes al efectoí®.


 


Sostiene, pues, la actora, la inexistencia de válida representación dada la propuesta de liquidación contenida en el Acta.


 


El fallo se remite a lo dispuesto por el artículo 145.1 a) de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, en cuanto dispone que en las Actas de Inspección que documenten el resultado de las actuaciones se consignarán el nombre y apellidos de la persona con la que se extienda y el carácter o representación con que comparece.


 


Este precepto se complementa con lo dispuesto en el artículo 49.2 c) del Reglamento de la Inspección de los Tributos, aprobado por el Real Decreto 939/1986, de 25 de abril, en cuanto dispone que en tales Actas se consignarán í¬el nombre y apellidos, número de Documento Nacional de Identidad y la firma de la persona con la que se entienden las actuaciones y el carácter o representación con que interviene en las mismasí®, estableciendo en su artículo 27.3 que í¬para suscribir las Actas que extiende la Inspección de Tributos y para los demás actos que no sean mero trámite por afectar directamente a los derechos y obligaciones del obligado tributario, la representación deberá acreditarse válidamenteí®.


 


La Sala estima que del contenido del poder de representación suscrito se colige, sin dificultad, que la representación conferida lo fue í¬a los efectos previstos en el artículo 10 de la Ley 61/1978, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedadesí®, aludiendo, de forma expresa, dicho precepto – en la redacción otorgada por la Disposición Adicional Quinta de la Ley 18/1991, de 6 de junio – a la representación ante la Administración Tributaria de los sujetos pasivos no residentes en territorio español – sin distinción entre los que operen con o sin establecimiento permanente – en relación con sus í¬obligaciones por el Impuesto sobre Sociedadesí®.


 


Y dichas obligaciones son las que fueron objeto de las actuaciones inspectoras examinadas, que concluyeron con la liquidación practicada y cuya propuesta contenida en el Acta fue suscrita en disconformidad por quien acreditaba actuar con poder conferido por la citada entidad.


 


Por otra parte, no puede olvidarse que el Acta referida fue suscrita en disconformidad, siendo distintas las exigencias que les afectan respecto de la acreditación de la representación, que las afectantes a las Actas de conformidad que, a diferencia de aquéllas, implican el ejercicio de facultades de renuncia y/o transacción.


 


En base a ello, el fallo concluye que las consideraciones expuestas conducen, por tanto, a la desestimación del motivo de impugnación esgrimido, debiendo añadirse que esta Sala se ha pronunciado en similares términos en sus Sentencias de 22 y 28 de abril de 2004.


 

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero



¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

No cabe condicionar la exención por reinversión de la ganancia derivada de la venta de la vivienda habitual en el IRPF a la entrega de la futura vivienda No cabe exigir al responsable subsidiario un recargo de apremio cuando otro responsable subsidiario ha solicitado el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda en el periodo voluntario de pago Atendiendo al carácter ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

El Tribunal Supremo dice que el impuesto valenciano de actividades sobre el Medio Ambiente no vulnera los principios de generalidad, igualdad y capacidad económica ni el derecho de la UE  La escisión de los inmuebles de una entidad dedicada a la hostelería a favor de otra del grupo que se los arrienda, puede acogerse al régimen especial del IS de ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL MAYO 2020 El TS se pronuncia sobre el denominado “céntimo sanitario” El TSJ de Galicia se pronuncia sobre autoliquidación del IRPF El TSJ de Galicia se pronuncia sobre la liquidación del Impuesto de TP y AJD     TRIBUNAL SUPREMO   CÉNTIMO SANITARIO   PRIMERO.- La representación procesal de la entidad AUTOCARES SIERRA   BERMEJA, S.L. interpuso ante esta ... Leer Más »

Jurisprudencia Fiscal

Jurisprudencia Fiscal

JURISPRUDENCIA FISCAL ABRIL 2020   El TS se pronuncia sobre el concepto de operaciones accesorias a efectos de prorrata en el IVA   El TS exige el análisis de las cláusulas modificativas del contrato de crédito para determinar su sujeción a AJD   El TS concreta el dies a quo del plazo de prescripción de la regularización de la exención ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día