Alertas Jurídicas viernes , 19 abril 2024
Inicio » Sentencias Fiscal » El recargo del 10% por ingreso fuera de plazo sin requerimiento previo en el I.R.P.F. tiene naturaleza sancionadora y se aplica en dos grados distintos, atendiendo a la gravedad de la transgresión de dicho plazo.

El recargo del 10% por ingreso fuera de plazo sin requerimiento previo en el I.R.P.F. tiene naturaleza sancionadora y se aplica en dos grados distintos, atendiendo a la gravedad de la transgresión de dicho plazo.

Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de junio de 2003

El presente recurso de casación en interés de Ley es promovido por la Administración del Estado, contra la doctrina sentada por la Sentencia dictada, en fecha 31 de mayo del 2000, por la Sección 5.º de la Sala de lo Contencioso-Administratrivo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en relación con la naturaleza del recargo del 10% por la realización de ingresos fuera de plazo sin requerimiento previo, cuando se efectúe el ingreso dentro de los tres meses siguientes al término del plazo voluntario de presentación o ingreso.


La citada Sentencia decide que este recargo tiene naturaleza sancionadora y se aplica en dos grados diferentes, atendiendo a la gravedad de la transgresión del plazo, y es de aplicación del principio de proporcionalidad inspirador de todo régimen sancionador.


El Alto Tribunal estima el recurso de casación en interés de Ley al considerar que la Sentencia impugnada es gravemente dañosa para el interés general,  puesto que conduciría a declarar la nulidad de todas las liquidaciones en las que se hubiera aplicado el recargo único por ingreso extemporáneo, ya que en ningún caso se ha seguido un procedimiento sancionador.


Además, es errónea, puesto que el Tribunal Constitucional, resolviendo cuestiones de inconstitucionalidad promovidas contra el artículo 61.2 de la Ley General Tributaria, en la redacción otorgada por la Ley 46/1985, tiene declarado que el interés de demora no inferior al 10% de la deuda tributaria, pero superior al determinado en el artículo 58.2 b) de la Ley General Tributaria, tiene naturaleza de recargo disuasorio, coercitivo y resarcitorio, y no de sanción tributaria. Por ello, no son aplicables en este caso las garantías que acompañan y limitan el ejercicio de la potestad sancionadora.


El recargo del 50% es el importe mínimo de la sanción pecuniaria proporcional correspondiente a las infracciones graves y, por ello, constituye una manifestación atípica y encubierta de la potestad sancionadora de la Hacienda Pública.


Por último, se traen a colación en el fallo las Sentencias 93/2001, de 2 de abril, y la 164/1995, de 13 de noviembre, cuya doctrina ha sido aplicada en Sentencias posteriores, que sostienen que la funcionalidad del recargo del 10% controvertido í¬no es la de una sanción en sentido propio, pues no supone un castigo por la realización de una conducta ilícita administrativamente, sino un estímulo para el cumplimiento de las obligaciones tributarias o, lo que es lo mismo, una disuasión para el incumplimientoí®.

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero



¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

No cabe condicionar la exención por reinversión de la ganancia derivada de la venta de la vivienda habitual en el IRPF a la entrega de la futura vivienda No cabe exigir al responsable subsidiario un recargo de apremio cuando otro responsable subsidiario ha solicitado el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda en el periodo voluntario de pago Atendiendo al carácter ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

El Tribunal Supremo dice que el impuesto valenciano de actividades sobre el Medio Ambiente no vulnera los principios de generalidad, igualdad y capacidad económica ni el derecho de la UE  La escisión de los inmuebles de una entidad dedicada a la hostelería a favor de otra del grupo que se los arrienda, puede acogerse al régimen especial del IS de ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL MAYO 2020 El TS se pronuncia sobre el denominado “céntimo sanitario” El TSJ de Galicia se pronuncia sobre autoliquidación del IRPF El TSJ de Galicia se pronuncia sobre la liquidación del Impuesto de TP y AJD     TRIBUNAL SUPREMO   CÉNTIMO SANITARIO   PRIMERO.- La representación procesal de la entidad AUTOCARES SIERRA   BERMEJA, S.L. interpuso ante esta ... Leer Más »

Jurisprudencia Fiscal

Jurisprudencia Fiscal

JURISPRUDENCIA FISCAL ABRIL 2020   El TS se pronuncia sobre el concepto de operaciones accesorias a efectos de prorrata en el IVA   El TS exige el análisis de las cláusulas modificativas del contrato de crédito para determinar su sujeción a AJD   El TS concreta el dies a quo del plazo de prescripción de la regularización de la exención ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día