Alertas Jurídicas viernes , 26 abril 2024
Inicio » Sentencias Fiscal » El sujeto pasivo que realiza arrendamientos con forma empresarial ha de demostrar la existencia de local exclusivamente afecto a la actividad y de persona contratada para dedicarse a esta labor

El sujeto pasivo que realiza arrendamientos con forma empresarial ha de demostrar la existencia de local exclusivamente afecto a la actividad y de persona contratada para dedicarse a esta labor

Sentencia de la Audiencia Nacional de 7 de mayo de 2007.

 


El objeto del procedimiento contencioso-administrativo se centra en determinar si la actividad de arrendamiento realizada por la persona física puede ser calificada como actividad empresarial.


 


Del contenido del artículo 40 de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se desprende sin dificultad que para que el arrendamiento de inmuebles se realice como actividad empresarial, se requiere la concurrencia cumulativamente de dos circunstancias, esto es, que en el desarrollo de la actividad se cuente, al menos, con un local exclusivamente destinado a llevar la gestión de la misma y que para el desempeño de aquélla se tenga, al menos, una persona empleada con contrato laboral. Esto es, se requiere no sólo una habitualidad sino el despliegue de una serie de medios personales y materiales, lo que se podría denominar organización, así como un contenido propio que caracteriza a la actividad como empresarial.


 


Sin embargo, el interesado no ha podido acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la norma. Así, por lo que respecta a la presencia de un local exclusivamente afecto a las actividades de gestión y organización del arrendamiento de inmuebles se estableció que tal local se encontraba en el mismo lugar en el que se encuentran las naves industriales arrendadas por lo que evidentemente no pueden ser consideradas como el local destinado exclusivamente a llevar la gestión de la actividad.


 


Por lo que respecta a la persona contratada mediante contrato laboral, la contratación tuvo lugar pero se produjo cuando ya se había iniciado la actividad de arrendamiento de bienes inmuebles por lo que no se puede considerar que se cumpliera la condición de presencia de empleado desde el momento de inicio de la actividad de arrendamiento empresarial de naves industriales.


 


La Sala concluye afirmando que el hecho de no contar con un local a tal fin ni con una persona contratada laboralmente para dedicarse a la gestión de la actividad, resultan datos sumamente relevantes de que no se cuenta con una mínima organización empresarial para la realización de dicha actividad de arrendamiento de inmuebles. Por lo tanto, los rendimientos que se obtienen no difieren sustancialmente de los que obtendría cualquier particular al arrendar un inmueble de su propiedad. La apariencia formal de la existencia de una estructura empresarial es una pantalla para poder acogerse a los beneficios fiscales para las actividades empresariales.


 


www.bdifiscallaboral.es, marginal 285927


 

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero



¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

No cabe condicionar la exención por reinversión de la ganancia derivada de la venta de la vivienda habitual en el IRPF a la entrega de la futura vivienda No cabe exigir al responsable subsidiario un recargo de apremio cuando otro responsable subsidiario ha solicitado el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda en el periodo voluntario de pago Atendiendo al carácter ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

El Tribunal Supremo dice que el impuesto valenciano de actividades sobre el Medio Ambiente no vulnera los principios de generalidad, igualdad y capacidad económica ni el derecho de la UE  La escisión de los inmuebles de una entidad dedicada a la hostelería a favor de otra del grupo que se los arrienda, puede acogerse al régimen especial del IS de ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL MAYO 2020 El TS se pronuncia sobre el denominado “céntimo sanitario” El TSJ de Galicia se pronuncia sobre autoliquidación del IRPF El TSJ de Galicia se pronuncia sobre la liquidación del Impuesto de TP y AJD     TRIBUNAL SUPREMO   CÉNTIMO SANITARIO   PRIMERO.- La representación procesal de la entidad AUTOCARES SIERRA   BERMEJA, S.L. interpuso ante esta ... Leer Más »

Jurisprudencia Fiscal

Jurisprudencia Fiscal

JURISPRUDENCIA FISCAL ABRIL 2020   El TS se pronuncia sobre el concepto de operaciones accesorias a efectos de prorrata en el IVA   El TS exige el análisis de las cláusulas modificativas del contrato de crédito para determinar su sujeción a AJD   El TS concreta el dies a quo del plazo de prescripción de la regularización de la exención ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día