Alertas Jurídicas martes , 3 diciembre 2024
Inicio » Formularios » Excepción de ausencia de notificación de la liquidación tributaria

Excepción de ausencia de notificación de la liquidación tributaria

De acuerdo con el artículo 167 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria el procedimiento de apremio se inicia mediante providencia notificada al obligado tributario en la que se ha de identificar la deuda tributaria y el recargo de apremio aplicable ya sea el reducido igual al 10 por ciento que se exige cuando el pago de la deuda se produce dentro de plazo fijado en la propia providencia o el ordinario igual al 20 por ciento si el pago se produce una vez ha finalizado dicho plazo.

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero



¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día