JURISPRUDENCIA LABORAL
NOVIEMBRE 2018
- Conforme al artículo 138 de la LGSS, de 1994, para poder tener acceso a las prestaciones por invalidez permanente se debe cumplir el periodo mínimo de cotización, estableciendo un mínimo de quince años. Vide sentencia nº 1.
- Cuando un conflicto colectivo afecte a los demandantes, debe tenerse en cuenta el llamado principio de necesaria correspondencia entre la representatividad del accionante y los afectados por el conflicto y la resolución que prive su legitimación activa. Vide sentencia nº 2.
- Se podrá excluir el régimen subrogatorio común (art 44.3 ET) por un convenio colectivo cuando no se transmita una unidad productiva con autonomía funcional. Vide sentencia nº 3.
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