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La LPGE 2017 incrementa la deducción por inversiones en producciones cinematográficas

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 (Boletín Oficial del Estado de 28 de junio de 2017) que entró en vigor el 29 de junio de 2017, incorpora en materia tributaria medidas fiscales de apoyo a las producciones cinematográficas.

En materia de Impuesto sobre Sociedades, las principales medidas que incorpora en su DA 125ª la Ley de Presupuestos Generales del estado para el 2017 son las siguientes:

· Se incrementa el porcentaje de deducción para las inversiones en producciones españolas de largometrajes cinematográficos y de series audiovisuales de ficción, animación o documental, que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada, que pasa del 20 al 25 % respecto del primer millón de base de la deducción y del 18 al 20% sobre el exceso de dicho importe.

· En el mismo supuesto de inversiones en producciones españolas de largometrajes cinematográficos y de series audiovisuales, se eleva en determinados supuestos el límite de deducción máxima a aplicar, cuyo importe, conjuntamente con el resto de ayudas percibidas por el contribuyente, no puede superar el 50% del coste de producción. Así, en el caso de producciones transfronterizas financiadas por más de un Estado miembro de la Unión Europea y en las que participen productores de más de un Estado miembro, el porcentaje no puede superar el 60% y en el caso de producciones dirigidas por un nuevo realizados cuyo presupuesto de producción no supere 1 millón de euros, el porcentaje no puede superar el 70%.

· Se incrementa el porcentaje de deducción, que pasa del 15% al 20%, para los productores registrados en el Registro de Empresas Cinematográficas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, que se encarguen de la ejecución de una producción extranjera de largometrajes cinematográficos o de obras audiovisuales que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada.

· Se incrementa también para las mismas inversiones en producciones cinematográficas extranjeras, el límite individual máximo de gastos de personal creativo, que de 50.000 pasa a ser de 100.000 euros por persona.

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