Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 19 de febrero de 2004
En el presente supuesto, el Tribunal estima el recurso y determina la devolución del aval bancario constituido para obtener la suspensión de la ejecución de una sanción tributaria, al considerar que la jurisprudencia ha interpretado que la suspensión de las sanciones por la presentación en tiempo y forma de recurso o reclamación administrativa supone la suspensión automática y con carácter retroactivo de éstas sin necesidad de prestar garantía alguna hasta la resolución del oportuno recurso jurisdiccional, porque hasta su resolución no puede manifestarse que las sanciones hayan quedado firmes en vía administrativa, de manera que no podía procederse a su ejecución hasta que, una vez impugnada y solicitada la suspensión, pudiera resolverse.
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