En breve:
Se revisa en el presente artículo el tratamiento fiscal que la Ley del Impuesto de Sociedades da a las actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica. Al objeto de una correcta aplicación de dichas deducciones, se determina de una forma precisa qué debe de entederse por cada una de las actividades citadas, cuáles son los criterios para cuantificar la base deducción y los porcentajes de deducción en cada caso. Concluye el autor el artículo con unas recomendaciones útiles para las empresas y la seguridad jurídica en la aplicación de estas deducciones.
Sumario:
01 Introducción: las actividades de I+D+IT
02 Investigación y desarrollo (I+D)
02.1 Conceptos (I+D)
02.2 Bases de deducción
02.3 Porcentajes de deducción
03 Innovación tecnológica (IT)
03.1 Concepto (IT)
03.2 Bases de deducción
03.3 Porcentajes de deducción
04. Exclusiones de las actividades de I+D+IT
05 Procedimiento de acreditación: la certificación y el informe motivado como vía para la aplicación de la deducción con seguridad jurídicaç
06 Conclusión: necesidad de colaboración entre el área fiscal y el área de I+D+IT
Autor:
Gustavo Molina • Asociado Senior en KPMG Abogados.
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