á Sobre los rendimientos irregulares del capital mobiliario se aplicarán las reducciones previstas en la Ley del IRPF.
á La generación de los rendimientos en un período superior a dos años permitirá la aplicación de una reducción del 30 por 100.
á Los rendimientos derivados de seguros de vida pueden llegar a beneficiarse de una reducción del 70 por 100 cuando se trate de rendimientos que correspondan a primas satisfechas con más de ocho años de antelación.
á Si se cumplen determinadas condiciones, los rendimientos derivados de seguros de prima regular pueden gozar de la reducción del 70 por 100.
á Para las primas aportadas con anterioridad al 31 de diciembre de 1994 será posible aplicar los coeficientes reductores previstos en la anterior Ley 18/1991.
á Las nuevas reducciones introducidas en la Ley 40/1998 favorecen la competencia de los seguros de vida en el mercado con otros productos de ahorro como los fondos de inversión.
á Se introduce la obligación de la entidad aseguradora de desglosar la parte de las cantidades pagadas que corresponda a cada una de las primas que se hayan satisfecho.
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