Alertas Jurídicas viernes , 26 abril 2024
Inicio » A Fondo » LOS RENDIMIENTOS PROCEDENTES DE SEGUROS DE VIDA O INVALIDEZ Y LAS OPERACIONES DE CAPITALIZACIÓN. RENTAS VITALICIAS Y TEMPORALES

LOS RENDIMIENTOS PROCEDENTES DE SEGUROS DE VIDA O INVALIDEZ Y LAS OPERACIONES DE CAPITALIZACIÓN. RENTAS VITALICIAS Y TEMPORALES

á          el tratamiento de los rendimientos del capital mobiliario, a diferencia de lo establecido para otros componentes de renta, se caracteriza por ser ciertamente estricto.


á          Se someten a un complejo sistema de suministro de información y a un alto grado de control fiscal.


á          estos rendimientos soportan una importante retención en la fuente, a diferencia de las ganancias de patrimonio y los rendimientos de capital inmobiliario.


á          No existen apenas gastos que se consideren deducibles y que puedan minorar los ingresos íntegros.


á          se produce un agravio comparativo del ahorro financiero frente a la inversión inmobiliaria.


á          la ley del irpf califica como rendimientos del capital mobiliario algunos rendimientos que antes del 1 de enero de 1999 eran considerados ganancias patrimoniales.


á          los rendimientos de capital mobiliario se computan por el importe íntegro percibido, minorado por los gastos deducibles y aplicando sobre el rendimiento neto previo, en su caso, las reducciones.


á          la reducción del 30 por 100 se aplica a todos aquellos rendimientos con período de generación superior a dos años.


á          el porcentaje de reducción del 60 por 100 SÓLO resultará aplicable a las indemnizaciones por invalidez percibidas por quienes tengan un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100.


á          la entidad aseguradora TIENE LA OBLIGACIÓN DE desglosar la parte de las cantidades satisfechas CORRESPONDIENTES A cada una de las primas pagadas, PARA poder aplicar las reducciones.

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero



¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

Sobre el ejercicio del derecho de opción por el trabajador y el FOGASA

Sobre el ejercicio del derecho de opción por el trabajador y el FOGASA

AUTOR: Pedro Tuset del Pino, Magistrado-Juez de lo Social de Barcelona EN BREVE: Debe tenerse en cuenta que el legislador ha previsto que en el supuesto de no optar el empresario por la readmisión o la indemnización se entiende que procede la primera SUMARIO: La opción efectuada por el trabajador (art. 110.1.b) LRJS) La opción efectuada por el empresario (art. ... Leer Más »

El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. La picaresca de los ayuntamientos que esta dando lugar a “Paraísos fiscales”

El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. La picaresca de los ayuntamientos que esta dando lugar a “Paraísos fiscales”

SECCIÓN: A FONDO FISCAL TÍTULO: El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. La picaresca de los ayuntamientos que esta dando lugar a “Paraísos fiscales” AUTOR: Redacción Fiscal & Laboral al día SUMARIO: Introducción Sujeto pasivo y cuota tributaria Bonificaciones Los ayuntamientos y la picaresca Conclusiones EN BREVE: La gestión, liquidación, inspección y recaudación, así como la revisión de los actos ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día