Alertas Jurídicas martes , 15 octubre 2024
Inicio » Sentencias Fiscal » No es de aplicación la regla de la prorrata en el I.V.A. en relación con las subvenciones percibidas por empresas destinadas a la financiación en la compra de bienes o servicios.

No es de aplicación la regla de la prorrata en el I.V.A. en relación con las subvenciones percibidas por empresas destinadas a la financiación en la compra de bienes o servicios.

Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 6 de octubre de 2005

El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (T.J.C.E.), respecto del asunto C-204/03, ha dictado Sentencia declarando que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Sexta Directiva -de obligado cumplimiento para todos los Estados miembros- al limitar el derecho a deducir el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) de los sujetos pasivos que reciben subvenciones para financiar sus actividades.


Según lo establecido en la Ley española del Impuesto (Ley 37/1992, de 28 de diciembre), la percepción de subvenciones por un sujeto pasivo conlleva una limitación de su derecho a la deducción de las cuotas del Impuesto soportadas.


Lo anterior es consecuencia de la obligación de incluir el importe de las subvenciones de explotación y capital en el denominador de la fracción, al objeto de calcular el porcentaje de las cuotas del Impuesto deducibles por el sujeto pasivo. Las subvenciones de capital concedidas para financiar la compra de bienes o servicios determinados minorarán el importe de la deducción de las cuotas soportadas o satisfechas por dichas operaciones, en la misma medida en que hayan contribuido a su financiación.


En su Sentencia, el Tribunal resuelve que la mencionada limitación del derecho a la deducción de las cuotas del I.V.A. es contraria a lo establecido por la Sexta Directiva al prever la aplicación de una prorrata de deducción del I.V.A. soportado por los sujetos pasivos que efectúan únicamente operaciones gravadas y al establecer una norma especial que limita el derecho a la deducción del I.V.A. correspondiente a la compra de bienes o servicios financiados mediante subvenciones, por lo que insta a la Administración Española a modificar la Ley del Impuesto en lo relativo a dicha limitación.


Con carácter subsidiario, el T.J.C.E. establece que los efectos de la sentencia no se verán limitados en el tiempo. Es decir, los efectos de la misma serán aplicables con carácter retroactivo al no acreditarse los requisitos necesarios para que la Sentencia sólo produzca efectos en el futuro.

Base de Datos FISCAL&LABORAL AL DÁƒ–¢A, Avance de Jurisprudencia Contencioso-Administrativa

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero



¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

No cabe condicionar la exención por reinversión de la ganancia derivada de la venta de la vivienda habitual en el IRPF a la entrega de la futura vivienda No cabe exigir al responsable subsidiario un recargo de apremio cuando otro responsable subsidiario ha solicitado el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda en el periodo voluntario de pago Atendiendo al carácter ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

El Tribunal Supremo dice que el impuesto valenciano de actividades sobre el Medio Ambiente no vulnera los principios de generalidad, igualdad y capacidad económica ni el derecho de la UE  La escisión de los inmuebles de una entidad dedicada a la hostelería a favor de otra del grupo que se los arrienda, puede acogerse al régimen especial del IS de ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL MAYO 2020 El TS se pronuncia sobre el denominado “céntimo sanitario” El TSJ de Galicia se pronuncia sobre autoliquidación del IRPF El TSJ de Galicia se pronuncia sobre la liquidación del Impuesto de TP y AJD     TRIBUNAL SUPREMO   CÉNTIMO SANITARIO   PRIMERO.- La representación procesal de la entidad AUTOCARES SIERRA   BERMEJA, S.L. interpuso ante esta ... Leer Más »

Jurisprudencia Fiscal

Jurisprudencia Fiscal

JURISPRUDENCIA FISCAL ABRIL 2020   El TS se pronuncia sobre el concepto de operaciones accesorias a efectos de prorrata en el IVA   El TS exige el análisis de las cláusulas modificativas del contrato de crédito para determinar su sujeción a AJD   El TS concreta el dies a quo del plazo de prescripción de la regularización de la exención ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día