Alertas Jurídicas viernes , 26 abril 2024
Inicio » Sentencias Fiscal » Pactado de mutuo acuerdo un determinado justiprecio que según los otorgantes está exento de tributar, la posterior exigencia del impuesto por parte de la Administración nunca debe disminuir dicho justiprecio.

Pactado de mutuo acuerdo un determinado justiprecio que según los otorgantes está exento de tributar, la posterior exigencia del impuesto por parte de la Administración nunca debe disminuir dicho justiprecio.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 12 de septiembre de 2003

 


En este expediente, por escritura pública de 17 de mayo de 1995, de Acta de pago y extinción de derechos arrendaticios, el Consorcio demandado y el recurrente convinieron, de mutuo acuerdo, fijar el justiprecio por la extinción de los derechos arrendaticios, siendo el justiprecio fijado de 45 millones de ptas., recibidas por el recurrente y correspondientes a los siguientes conceptos: 16.023.325 por diferencia de rentas, 26.578.500 ptas. por activos fijos y 2.162.786 ptas. por pérdidas derivadas del traslado).


 


Pese a que el pacto quinto de dicha escritura señalaba que í¬el pago del justiprecio fijado en esta Acta se encuentra libre de toda clase de impuestos y arbitrios, de acuerdo con lo que dispone el artículo 49 de la Ley de Expropiación Forzosa. El Consorcio Gran Teatro del Liceo se compromete a sufragar los gastos e impuestos de la presente escrituraí®, la Administración Tributaria ha entendido que, en  su práctica totalidad, la operación está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido, girando liquidación por importe de 5.294.738 ptas., la cual ha sido confirmada definitivamente en vía económico-administrativa por el TEAR.


 


El Tribunal afirma ahora que tanto el tenor de los pactos como todo el contexto del mutuo acuerdo expropiatorio llevan a la inequívoca conclusión de que, de no estar exento de tributación el pago del justiprecio, como efectivamente ha ocurrido, tal tributación necesariamente ha de recaer en el Consorcio beneficiario de la expropiación, pues el justiprecio convenido se entendía libre de impuestos y arbitrios, lo cual queda ratificado por el significado mismo del mecanismo expropiatorio.


 


Así, pactado de mutuo acuerdo (artículo 24 Ley de Expropiación Forzosa) un determinado justiprecio, añadiéndose que según el criterio de los otorgantes (incluida la Administración demandada) está exento de tributar y que el Consorcio se compromete a sufragar los gastos e impuestos de la escritura, la posterior exigencia por la Administración Tributaria – parcialmente coincidente con la propia Administración beneficiaria de la expropiación – de un tributo nunca debe disminuir el justiprecio pactado.


 

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero



¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

No cabe condicionar la exención por reinversión de la ganancia derivada de la venta de la vivienda habitual en el IRPF a la entrega de la futura vivienda No cabe exigir al responsable subsidiario un recargo de apremio cuando otro responsable subsidiario ha solicitado el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda en el periodo voluntario de pago Atendiendo al carácter ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

El Tribunal Supremo dice que el impuesto valenciano de actividades sobre el Medio Ambiente no vulnera los principios de generalidad, igualdad y capacidad económica ni el derecho de la UE  La escisión de los inmuebles de una entidad dedicada a la hostelería a favor de otra del grupo que se los arrienda, puede acogerse al régimen especial del IS de ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL MAYO 2020 El TS se pronuncia sobre el denominado “céntimo sanitario” El TSJ de Galicia se pronuncia sobre autoliquidación del IRPF El TSJ de Galicia se pronuncia sobre la liquidación del Impuesto de TP y AJD     TRIBUNAL SUPREMO   CÉNTIMO SANITARIO   PRIMERO.- La representación procesal de la entidad AUTOCARES SIERRA   BERMEJA, S.L. interpuso ante esta ... Leer Más »

Jurisprudencia Fiscal

Jurisprudencia Fiscal

JURISPRUDENCIA FISCAL ABRIL 2020   El TS se pronuncia sobre el concepto de operaciones accesorias a efectos de prorrata en el IVA   El TS exige el análisis de las cláusulas modificativas del contrato de crédito para determinar su sujeción a AJD   El TS concreta el dies a quo del plazo de prescripción de la regularización de la exención ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día