Alertas Jurídicas jueves , 21 noviembre 2024
Inicio » Sentencias Laborales » Para justificar la temporalidad se requiere que el encargo conlleve un incremento inusual de la actividad de la empresa.

Para justificar la temporalidad se requiere que el encargo conlleve un incremento inusual de la actividad de la empresa.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 26 de noviembre de 2003

 

En este supuesto, el trabajador demandante fue contratado mediante un contrato de trabajo temporal, bajo la modalidad de eventual por circunstancias de la producción para –prestación de servicios para la empresa D.–  

 

La empresa empleadora formalizó, en el último año, nueve contratos con otros tantos trabajadores, de contenido idéntico al del demandante.

 

Al finalizar el período señalado como de vigencia del contrato, la empresa notificó por carta al trabajador la finalización del mismo. Durante la relación, el actor prestó servicios en montaje de estanterías para el cliente D. y otros más de la demandada.

 

La doctrina del Tribunal Supremo establece que para el válido acogimiento de la modalidad contractual eventual por circunstancias de la producción no sólo se requiere que se concierte para atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aún tratándose de la actividad normal de la empresa, sino que además sea consignada, con precisión y claridad, la causa que lo justifique y que, en el desarrollo de la relación laboral, el trabajador sea ocupado en la ejecución de tales tareas.

 

Además, no puede admitirse que cualquier encargo de los clientes tenga, por sí, autonomía o entidad suficiente para ser causa bastante que justifique la temporalidad, sino que será preciso, además, que el encargo conlleve un incremento inusual de la actividad de la empresa.

 

Por tanto, en el caso que nos ocupa, en modo alguno resulta del inalterado relato histórico de la Sentencia del Juzgado que el nivel de actividad de la empresa haya aumentado o disminuido en relación con el período de tiempo que el trabajador demandante prestó tales servicios, ni obviamente pueden deducirse tales extremos de la evidentemente imprecisa causa de temporalidad – –atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, consistente en pedidos de la firma D.; S.A.–

 

En base a ello, el fallo desestima el recurso interpuesto por la empresa y confirma la resolución impugnada.

 

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero



¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

JURISPRUDENCIA LABORAL DICIEMBRE  2020-ENERO 2021

JURISPRUDENCIA LABORAL DICIEMBRE  2020-ENERO 2021

Contenido mínimo de la carta de despido objetivo por ausencias justificadas Las ETT no pueden contratar a trabajadores como fijos discontinuos Los trabajadores de empresas insolventes están legitimados para reclamar a la Administración el ingreso de cuotas a la Seguridad Social correspondientes a salarios de tramitación a cargo del Estado TRIBUNAL SUPREMO DESPIDO OBJETIVO – CAUSAS JUSTIFICADAS Sentencia del Tribunal ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA LABORAL NOVIEMBRE  2020

JURISPRUDENCIA LABORAL NOVIEMBRE  2020

1. El TS resuelve sobre exención de IRPF por reinversión en vivienda habitual 2. improcedencia del despido por baja médica por IT del trabajador 3.  Despido. Decisión empresarial de dar de baja en Seguridad Social al trabajador que agota el plazo máximo de duración de la IT ¿Quieres seguir leyendo? Suscríbete a Fiscal al día desde 4.90€/mes+ IVA Lo quiero Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día