Alertas Jurídicas sábado , 20 abril 2024
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PROPINAS: ¿PODEMOS CONSIDERARLAS COMO SALARIOS?

-˜          Hasta la fecha, la postura del Tribunal Supremo era de que las propinas no se consideraban salario, y, por tanto, no era preciso su retención en el IPRF ni cotización a la Seguridad Social.


 


-˜          Sin embargo, el Supremo da un giro a su doctrina y consideraba salario las propinas entregadas por los clientes en los casinos o salas de juego, al no ser entregadas por la liberalidad de los clientes, sino directamente al trabajador.


 


-˜          El fallo podría afectar en gran medida al sector servicios y sobre todo a la hostelería, lo que provocaría una reestructuración de la retribución de los trabajadores afectados.


 


-˜          Debido a la existencia de divergencias al aplicar la legislación, hasta que el orden social no cambie de criterio, debemos seguir considerando las propinas como una liberalidad de los clientes hacia los empleados, sin tener la consideración de rendimientos del trabajo de naturaleza salarial.

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