Alertas Jurídicas viernes , 26 abril 2024
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Proyecto de Ley de Régimen Fiscal de entidades no lucrativas

1. CONCEPTO DE PLANES DE PENSIONES


Antes de proceder al análisis propuesto definiremos brevemente los Planes de Pensiones y sus principales características.Los Planes de Pensiones son fórmulas de ahorro vinculadas a la jubilación; el cliente se compromete a realizar unas aportaciones periódicas mensuales, trimestrales o anuales, cuyo objetivo es formar un capital a largo plazo, que recuperará en el momento que finalice su vida laboral activa.


á ¿Cómo se impulsó su creación?


Los Planes de Pensiones nacen en España como un modelo de previsión voluntaria, complementaria al sistema público.


En este modelo, los trabajadores pueden, de acuerdo con su capacidad de ahorro, compensar la pérdida de ingresos que se produce en el momento de pasar de la situación de activo a la de pasivo. En España, los Planes de Pensiones aparecen en el ordenamiento jurídico con  la Ley 8/87, de 8 de junio.


El objetivo de la Administración  consistió en crear un marco legal para la fiscalidad de las dotaciones de las empresas a favor de sus empleados, por un motivo de previsión social, y las de los propios trabajadores, que demandaban un producto de previsión cuya financiación no se produjera con los recursos disponibles después del I.R.P.F.


La finalidad  prevista quedó plasmada en la Ley:


o Las empresas podían deducir del I.S. sus contribuciones a la financiación de Planes de Pensiones de los trabajadores.o Los particulares podían deducir de su base imponible del I.R.P.F. las aportaciones realizadas a Planes de Pensiones.


2. CLASIFICACIÓN DE LOS PLANES DE PENSIONES


Los Planes de Pensiones pueden clasificarse, de acuerdo con la vinculación existente entre los sujetos que participan en el mismo, en:


o Individuales: son los planes en los que el promotor es una entidad de carácter financiero, que decide promover un  plan para que sea suscrito por individuos sin relación alguna entre ellos. Los partícipes suelen ser personas físicas.Las prestaciones del sistema individual se establecen según el sistema de planes de aportación definida y por lo tanto, de prestación indefinida.


o Asociados: son promovidos por asociaciones, sindicatos, gremios, siempre delimitados por características comunes. Los suscriptores del plan son miembros de la asociación o colectivo definido como promotor; en este sistema las prestaciones pueden ser :


– Definidas- Indefinidas- Mixtas

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