Alertas Jurídicas martes , 3 diciembre 2024
Inicio » A Fondo » ¿QUÉ PODEMOS DEDUCIR EN 2001 PARA PAGAR MENOS IRPF EN 2002?

¿QUÉ PODEMOS DEDUCIR EN 2001 PARA PAGAR MENOS IRPF EN 2002?

á          Al acercarse el final del año 2001, es necesario recordar cuáles son las deducciones que es posible emplear, para reducir la cantidad que debemos finalmente liquidar en el IRPF en mayo-junio de 2002.


á          Debemos recordar que las conocidas deducciones por gastos médicos y por aportaciones a contratos de seguros de vida se han suprimido.


á          Por vivienda habitual se entiende aquella en la que el contribuyente resida durante un plazo continuado de tres años, salvo excepciones tasadas.


á          Se mantiene la deducción de las cantidades depositadas en una cuenta-vivienda, siempre que se destinen a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, con el límite de 1.500.000 ptas. anuales de base de deducción.


á          El Proyecto de Ley de Presupuestos mantiene los mecanismos de compensación establecidos para los contribuyentes que, con la anterior normativa de IRPF, disfrutaban de deducciones en materia de inversión en adquisición y arrendamiento de su vivienda habitual.


á          La Ley 40/1998, de 9 de diciembre, mantiene la posibilidad de que las cantidades aportadas a determinadas entidades y determinadas inversiones puedan dar lugar a deducciones en la cuota del impuesto, con el límite del 10% de la base liquidable del contribuyente


á          En caso de pérdida del derecho a la deducción, el contribuyente estará obligado a sumar a la cuota líquida resultante de su declaración correspondiente al ejercicio donde se incumplan las condiciones de la deducción, las deducciones indebidamente aplicadas, más los intereses de demora.

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero



¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

Sobre el ejercicio del derecho de opción por el trabajador y el FOGASA

Sobre el ejercicio del derecho de opción por el trabajador y el FOGASA

AUTOR: Pedro Tuset del Pino, Magistrado-Juez de lo Social de Barcelona EN BREVE: Debe tenerse en cuenta que el legislador ha previsto que en el supuesto de no optar el empresario por la readmisión o la indemnización se entiende que procede la primera SUMARIO: La opción efectuada por el trabajador (art. 110.1.b) LRJS) La opción efectuada por el empresario (art. ... Leer Más »

El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. La picaresca de los ayuntamientos que esta dando lugar a “Paraísos fiscales”

El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. La picaresca de los ayuntamientos que esta dando lugar a “Paraísos fiscales”

SECCIÓN: A FONDO FISCAL TÍTULO: El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. La picaresca de los ayuntamientos que esta dando lugar a “Paraísos fiscales” AUTOR: Redacción Fiscal & Laboral al día SUMARIO: Introducción Sujeto pasivo y cuota tributaria Bonificaciones Los ayuntamientos y la picaresca Conclusiones EN BREVE: La gestión, liquidación, inspección y recaudación, así como la revisión de los actos ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día