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Se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta

El BOE de 11 de octubre publica la Orden HAP/1626/2016, de 6 de octubre, por la que se modifica la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta; y se modifican asimismo otras normas tributarias.

Principales Modificaciones

-Mejora las adaptaciones necesarias a la reforma fiscal e incorpora determinados cambios producidos respecto a los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos de actividades profesionales.

– Redefine, a partir del ejercicio 2016, las subclaves de la clave G, correspondientes a los rendimientos de actividades profesionales.

– Reorganiza el contenido de las subclaves contenidas dentro de las claves A y B, para facilitar la cumplimentación de los datos adicionales correspondientes a los rendimientos que se satisfagan al trabajador por este concepto de incapacidad laboral temporal, tanto cuando éstos sean satisfechos directamente por la Seguridad Social o las entidades colaboradoras con la Seguridad Social, como cuando dichas prestaciones sean directamente abonadas por el empleador.

-La modificación del régimen fiscal derivado de la venta de derechos de suscripción derivados de valores negociados en algún mercado oficial definidos en la Directiva 2004/39/CE conlleva una nueva obligación de retención (del 19 por 100) para las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de derechos de suscripción procedentes de valores admitidos o no a negociación en alguno de los mercados oficiales de la mencionada Directiva. Lo anterior conlleva la inclusión de estas rentas sometidas a retención en el correspondiente modelo de autoliquidación periódica y, en su momento, en el resumen anual de retenciones.

– Por lo que respecta a las autoliquidaciones periódicas de retenciones de estas ganancias patrimoniales, y con el objetivo de no incrementar el número de las existentes, se incluyen en el modelo 117 aplicable actualmente a las ganancias derivadas de transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva, para lo cual se cambia su denominación, al objeto de incluir este tipo de ganancias patrimoniales, modificando de esta forma la Orden EHA/3435/2007, de 23 de noviembre, por la que aprueban los modelos de autoliquidación 117, 123, 124, 126, 128 y 300.

-Se modifica el anexo I de la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores y 037 declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, con la finalidad de aclarar la aplicación de la exoneración de la obligación de presentar la declaración-resumen anual, precisándose que la exoneración no tiene carácter opcional.

Entrada en vigor

La orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y será de aplicación, por primera vez, para la presentación de las declaraciones-resúmenes anuales correspondientes a 2016 del modelo 390 y del modelo 190, así como para la presentación de las autoliquidaciones de retenciones e ingresos a cuenta sobre las rentas procedentes de la transmisión o reembolso de acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva y de las transmisiones de derechos de suscripción del modelo 117 correspondientes a 2017.

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