Alertas Jurídicas jueves , 21 noviembre 2024
Inicio » Sentencias Fiscal » Se considera la existencia de simulación en una venta de las acciones de una sociedad seguida de una recompra en un plazo de tiempo muy reducido de las mismas acciones

Se considera la existencia de simulación en una venta de las acciones de una sociedad seguida de una recompra en un plazo de tiempo muy reducido de las mismas acciones

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 31 de mayo de 2005.

La cuestión que se plantea es la de la existencia de simulación o no en una operación en la cual se produce la venta de las acciones de una sociedad seguida de la recompra por la misma sociedad en un plazo de tiempo muy reducido de las mismas acciones (venta el día 15 de diciembre de 1994 y compra el día 23 de diciembre de 1994).


 


El precio de las dos operaciones se liquidó en un único acto mediante la entrega por parte de la actora de un talón por la diferencia entre el importe de la compra y el de la posterior venta.


El Tribunal recuerda que la compraventa es un contrato en virtud del cual una de las partes se obliga a entregar una cosa determinada y la otra a pagar por ella un precio cierto (art.1445 del Código Civil), de manera que su existencia requiere la voluntad del vendedor de transmitir la propiedad de la cosa que constituye el objeto del contrato y la correlativa del comprador de adquirir esa propiedad.


 


Sin embargo, el Tribunal considera que estos requisitos no se cumplen en este caso ya que ni la vendedora tenía verdadera intención de transmitir la propiedad de las participaciones ni el comprador pretendía adquirir la propiedad de dichas participaciones, sino que sólo perseguían la obtención de un beneficio fiscal derivado de la generación artificial de una disminución patrimonial simulando la realización de una compraventa.


 


Para el Tribunal se trata de un contrato simulado que consiste en la declaración de un contenido de voluntad no real emitido de forma consciente y con acuerdo de las partes para producir la apariencia de un negocio que no existe o que es distinto del verdaderamente realizado. La existencia de la simulación genera que el contrato sea nulo por falta de causa de acuerdo con el art.1276 del Código Civil puesto que la causa es un requisito indispensable para la existencia de todo contrato (art.1261.3 Código Civil).


 


En consecuencia, es de aplicación al caso el artículo 25 de la Ley General Tributaria en su redacción anterior a la Ley 25/1995, según la cual el impuesto se exigirá con arreglo a la verdadera naturaleza jurídica del hecho imponible, en especial, si se trata de un acto o negocio jurídico.


 


Así, puesto que la disminución patrimonial deriva de una compraventa simulada no se genera la pérdida de patrimonio derivada de la venta de acciones ya que no se produjo realmente la transmisión de las acciones.


 


Base de Datos Fiscal-Laboral al día, marginal 234536.

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero



¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

JURISPRUDENCIA FISCAL DICIEMBRE 2020-ENERO 2021

No cabe condicionar la exención por reinversión de la ganancia derivada de la venta de la vivienda habitual en el IRPF a la entrega de la futura vivienda No cabe exigir al responsable subsidiario un recargo de apremio cuando otro responsable subsidiario ha solicitado el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda en el periodo voluntario de pago Atendiendo al carácter ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

JURISPRUDENCIA FISCAL NOVEMBRE 2020

El Tribunal Supremo dice que el impuesto valenciano de actividades sobre el Medio Ambiente no vulnera los principios de generalidad, igualdad y capacidad económica ni el derecho de la UE  La escisión de los inmuebles de una entidad dedicada a la hostelería a favor de otra del grupo que se los arrienda, puede acogerse al régimen especial del IS de ... Leer Más »

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL

JURISPRUDENCIA FISCAL MAYO 2020 El TS se pronuncia sobre el denominado “céntimo sanitario” El TSJ de Galicia se pronuncia sobre autoliquidación del IRPF El TSJ de Galicia se pronuncia sobre la liquidación del Impuesto de TP y AJD     TRIBUNAL SUPREMO   CÉNTIMO SANITARIO   PRIMERO.- La representación procesal de la entidad AUTOCARES SIERRA   BERMEJA, S.L. interpuso ante esta ... Leer Más »

Jurisprudencia Fiscal

Jurisprudencia Fiscal

JURISPRUDENCIA FISCAL ABRIL 2020   El TS se pronuncia sobre el concepto de operaciones accesorias a efectos de prorrata en el IVA   El TS exige el análisis de las cláusulas modificativas del contrato de crédito para determinar su sujeción a AJD   El TS concreta el dies a quo del plazo de prescripción de la regularización de la exención ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día