La AEAT ha incorporado en su página web un cuadro resumen que recoge los criterios para determinar la competencia inspectora a efectos de IVA, tras la modificación del Concierto Económico con el País Vasco.
COMPETENCIA INSPECTORA IVA CONCIERTO – CONVENIO COMPETENCIA INSPECTORA IVA CONCIERTO-CONVENIO | |||
DOMICILIO FISCAL | VOLUMEN DE OPERACIONES | COMPETENCIA INSPECTORA | |
EJERCICIO ANTERIOR | |||
País Vasco | ≤ 10 MILL € | Hacienda Foral correspondiente de País Vasco | |
> 10 MILL € | Hacienda Foral correspondiente de País Vasco
excepto 75% o más de sus operaciones en territorio común en el ejercicio anterior, en cuyo caso AEAT |
||
Navarra | ≤ 7 MILL € | Hacienda Foral de Navarra | |
> 7 MILL € | Hacienda Foral de Navarra
excepto 75% o más de sus operaciones en el año anterior en territorio común, en cuyo caso AEAT |
||
Territorio Común | ≤ 7 MILL € | AEAT | |
> 7 MILL € ≤ 10 MILL € | AEAT
excepto 100% de sus operaciones en Navarra, en cuyo caso Hacienda Foral de Navarra |
||
> 10 MILL € | AEAT, excepto:
– 75% o más de sus operaciones, o 100% para grupos de entidades, en el ejercicio anterior en País Vasco, en cuyo caso Hacienda Foral correspondiente de País Vasco. – 100% de las operaciones en Navarra, en cuyo caso Hacienda Foral de Navarra. |
||