Alertas Jurídicas viernes , 29 marzo 2024
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Ventajas fiscales en la sucesión de la empresa familiar

En breve:

En este artículo se analizarán los regímenes establecidos en el Impuesto sobre el Patrimonio y en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones como principales tributos que contemplan unos beneficios fiscales específicos para las empresas familiares.

Sumario:

Introducción

Exención en la Tributación del Impuesto sobre el Patrimonio

– Exención de los bienes y derechos de las personas físicas afectos a actividades empresariales o profesionales

– Exención de las participaciones en sociedades familiares

Reducción en la tributación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en las transmisiones lucrativas

– Transmisiones “mortis causa”

– Transmisiones «inter vivos»

Introducción

La preocupación de la Unión Europea por la subsistencia de la empresa familiar se plasmaba en la Recomendación de la Comisión 94/1069/CE sobre la transmisión de las pequeñas y medianas empresas:

“Considerando que uno de los principales obstáculos que se oponen al éxito de la transmisión es la carga fiscal vinculada a ella; que el pago de derechos de sucesión o de donación puede comprometer el equilibrio financiero de la empresa y, por consiguiente, su supervivencia; que este régimen impositivo coloca a las empresas europeas en una situación de desventaja con respecto a la competencia mundial. (…)

Considerando que la exigencia del pago inmediato de los derechos de sucesión o donación puede obligar a los herederos de la empresa a realizar una parte de los activos o a vender toda la empresa, o incluso proceder a su liquidación.(…)

Se invita a los Estados miembros a adoptar las medidas necesarias para facilitar la transmisión de las pequeñas y medianas empresas con el fin de garantizar la supervivencia de las empresas y el mantenimiento de los puestos de trabajo correspondientes.”

En nuestro ordenamiento jurídico tributario la protección fiscal de la empresa familiar se ha traducido en la adopción de medidas en varios impuestos. En el IRPF, el régimen de estimación objetiva se creó para facilitar la tributación de empresarios y profesionales con un volumen limitado de negocio. El Impuesto sobre Sociedades contempla incentivos fiscales para empresas de reducida dimensión y un régimen especial de neutralidad impositiva para la reorganización empresarial (fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canjes de valores).

Sin embargo es en la imposición patrimonial y sobre sucesiones y donaciones donde se ha otorgado un tratamiento fiscal más favorable a las adquisiciones a título gratuito de empresas o participaciones sociales en aras de no perjudicar la continuidad de la empresa familiar.

En este artículo se analizarán en particular ambos regímenes tanto el establecido en el Impuesto sobre el Patrimonio y en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones como principales tributos que contemplan unos beneficios fiscales específicos para las empresas familiares.

Por su interés, queda para un artículo posterior el estudio de las ventajas fiscales que reporta la estructura holding en la empresa familiar, estructura que, además, facilita la sucesión generacional.

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