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Brexit: la Comisión Europea recomienda al Consejo Europeo que confirme que las negociaciones pasen a su segunda fase.

La Comisión considera que se han conseguido avances suficientes en cada uno de los tres ámbitos prioritarios, concretamente los derechos de los ciudadanos, el diálogo en relación con Irlanda e Irlanda del Norte y la liquidación financiera.

El pasado 8 de diciembre La Comisión Europea recomendó al Consejo Europeo que determine que se ha avanzado lo suficiente en la primera fase de las negociaciones con el Reino Unido con arreglo al artículo 50.

Corresponde ahora al Consejo Europeo de 15 de diciembre de 2017 tomar una decisión que confirme esa recomendación, y permitir con ello que las negociaciones pasen a su segunda fase.

La valoración de la Comisión se basa en un informe conjunto acordado por los negociadores de la Comisión y del Gobierno del Reino Unido.

La Comisión considera que se han conseguido avances suficientes en cada uno de los tres ámbitos prioritarios, concretamente los derechos de los ciudadanos, el diálogo en relación con Irlanda e Irlanda del Norte y la liquidación financiera, como se contemplaba en las Orientaciones del Consejo Europeo de 29 de abril de 2017. El negociador de la Comisión ha garantizado la protección de las elecciones vitales de los ciudadanos de la UE residentes en el Reino Unido. Los derechos de los ciudadanos de la UE que viven en el Reino Unido y de los nacionales del Reino Unido que viven en los veintisiete Estados miembros restantes seguirán siendo los mismos después de que el Reino Unido haya salido de la Unión. La Comisión ha asegurado también que los procedimientos administrativos serán sencillos y de coste reducido para los ciudadanos de la UE en el Reino Unido.

Por lo que respecta a la liquidación financiera, el Reino Unido ha mostrado su acuerdo con que los compromisos contraídos por la Unión Europea en su configuración actual de veintiocho Estados miembros sean respetados por todos estos Estados, incluido el propio Reino Unido.

En cuanto a la frontera entre Irlanda e Irlanda del Norte, el Reino Unido reconoce las circunstancias excepcionales de la isla de Irlanda y ha asumido importantes compromisos con el fin de evitar que dicha frontera sea rígida.

Los detalles de la evaluación de la Comisión figuran en la Comunicación de la Comisión sobre la evolución de las negociaciones con el Reino Unido.

Si el Consejo Europeo (artículo 50) considera que se ha avanzado lo suficiente, los negociadores de la Comisión Europea y del Gobierno del Reino Unido iniciarán la elaboración de un acuerdo de retirada con arreglo al artículo 50 del Tratado de la Unión Europea, sobre la base del informe conjunto y del resultado de las negociaciones sobre otros aspectos de la retirada. En consonancia con las Orientaciones de 29 de abril de 2017, y una vez que los Estados miembros expresen su acuerdo con la valoración de la Comisión, la Comisión está dispuesta a comenzar inmediatamente a trabajar sobre cualquier posible régimen transitorio y a iniciar un debate que examine la relación futura entre la Unión Europea y el Reino Unido.

Las negociaciones deben concluirse a más tardar en otoño de 2018 para dar al Consejo tiempo suficiente para concluir el acuerdo de retirada previa aprobación del Parlamento Europeo, y al Reino Unido para aprobarlo de conformidad con sus propios procedimientos, antes del 29 de marzo de 2019.

 

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