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El capítulo VII del Título VII del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, regula el Régimen especial de consolidación fiscal. El grupo fiscal tendrá la consideración de sujeto pasivo. La sociedad dominante tendrá la representación del grupo fiscal y estará sujeta al cumplimiento de las obligaciones tributarias materiales y formales que se deriven del régimen de consolidación fiscal.
¿Cuáles son las propuestas de reforma del sistema de pensiones de la Seguridad Social?
¿Cómo obtener el borrador de declaración de IRPF de 2005?
Tipos autonómicos para el 2006 de ITP-AJD
Se simplifican los trámites para obtener la protección por desempleo
Exenciones en el Impuesto sobre el Patrimonio
El FOGASA queda obligado al pago de salarios en nombre de la empresa en todas aquellas situaciones de insolvencia empresarial que sean consecuencia de relaciones laborales aunque sea entre las mismas partes tales relaciones
Para la determinación de la indemnización de los daños y perjuicios de toda índole derivados de un accidente de trabajo deben detraerse o computarse las prestaciones reconocidas en base a la normativa protectora de la Seguridad Social
En el caso de que el personal temporal sea contratado como consecuencia de incremento de la actividad de Técnico Especialista de Laboratorio ha de ser calificado como contrato de carácter interino