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Todos los centros de trabajo deben estar representados en una demanda de conflicto colectivo

Los representantes del Comité de Empresa de una empresa plantean una demanda de conflicto colectivo de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional por el que se indica el derecho de los trabajadores a percibir el obsequio de Navidad del año 2013. La Sala dicta sentencia desestimando la excepción de incompetencia funcional de la Sala para conocer el litigio pero estima la excepción de falta de legitimación activa del Comité resultando desestimada la demanda por esa causa.

Contra dicha resolución, se interpone un recurso de casación ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo por ambos representantes del Comité de Empresa. Los motivos son una presunta infracción de las normas del procedimiento por infracción del artículo 24.1. de la Constitución Española relacionado con el artículo 154 de la Ley de Jurisdicción Social (apartado c) al amparo del artículo 207 (apartado c) de esta última ley. Para ellos, analiza esos artículos y tiene en cuenta la sentencia del 21 de julio de 2009 (rec. 3389/2008). 

Puede leer el texto completo de la sentencia en www.casosreales.es Marginal: 70851958 

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