Àlex Santacana i Folgueroles
Socio Departamento Derecho Laboral de Roca Junyent
Hace pocos meses, el Juzgado Social 33 de Barcelona, sacudió al mundo laboral son su ya conocida sentencia de 23 de diciembre de 2016, en la que declaraba el despido de un trabajador en situación de incapacidad temporal (IT) como nulo, modificando con ello el criterio consolidado, salvo en casos excepcionales, del Tribunal Supremo en esta materia que establece que debería ser declarado improcedente. La relevancia de dicha sentencia radicaba en que se fundamentaba en el criterio fijado por el TJUE en el marco de una cuestión prejudicial presentada por el propio juzgado. Recordemos que el supuesto de hecho enjuiciado versaba sobre un ayudante de cocina de un restaurante de un hotel de lujo que, tras sufrir un accidente de trabajo, es despedido disciplinariamente con una escueta carta por bajo rendimiento, cuando llevaba de baja poco más de un mes.
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