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ERRORES EN LOS BORRADORES DE DECLARACIÓN DE I.R.P.F. 2003

 En la EDITORIAL del número 103 de nuestra revista FISCAL- LABORAL AL DÍA, correspondiente a la segunda quincena de marzo de 2004, les informábamos de una de las principales novedades de la campaña de I.R.P.F. para este año, que consiste en la posibilidad de que los contribuyentes obligados a presentar declaración puedan solicitar que la Administración Tributaria les remita, a efectos meramente informativos, un borrador de declaración, en aquellos casos en que obtengan rentas procedentes únicamente de determinadas fuentes.

Recordemos que si el contribuyente considera que el borrador de declaración refleja su situación tributaria a efectos de este impuesto, podrá suscribirlo o confirmarlo, y en este supuesto tendrá la consideración de declaración, a presentar a partir del pasado 2 de mayo y con los efectos previstos en el apartado 1 del artículo 80 de la Ley. No obstante, si el sujeto pasivo entiende que el citado borrador de declaración no refleja su situación tributaria a efectos de este Impuesto, deberá presentar la correspondiente declaración en el plazo habitual.

Pues bien, en los últimos días hemos tenido conocimiento de que la prop«a Agencia Tributaria ha reconocido que algunos de los borradores de declaración de I.R.P.F. 2003, que la Administración ha remitido a los contribuyentes contienen errores. No obstante, el Director General de la Agencia Tributaria ha afirmado que, más que pequeños errores, se trata de omisiones de datos, debidas a que la elaboración del informe se realiza con la información que a esa fecha tiene la Agencia Tributaria imputada al contribuyente.

 

Diversos profesionales, como la Asociación Española de Asesores Fiscales (A.E.D.A.F.) han asegurado haber detectado varios tipos de fallos en los borradores del I.R.P.F., algunos de los cuales son de escasa entidad, si bien también han advertido otros que pueden revestir mayor gravedad. Ahora bien, Pedroche justificó este hecho manifestando que, en algunos casos, estas omisiones pueden deberse a que en algún caso los pagadores no habrían remitido algún tipo de información – la culpa siempre de los contribuyentes – por lo que algunos rendimientos no habrían sido tenidos en cuenta. Además, apuntó a que pueden existir otras causas, como el caso de que no aparezca en el borrador la deducción por vivienda habitual, –puesto que Hacienda no sabe si el préstamo se está destinando a la amortización del pago de la vivienda». Por último, insistió en que el borrador forma parte de una experiencia piloto, que la Agencia Tributaria inició respecto al ejercicio fiscal del 2002. En un 40% de los borradores realizados en esa experiencia existieron coincidencias con la información del contribuyente, mientras que en un 38% de los emitidos hubo una mínima discrepancia, que en ningún caso superó los 6 euros en la cuota del impuesto resultante.

No obstante, el Director General aconsejó a los ciudadanos que cuando reciban el borrador, lo verifiquen y comprueben si existe coincidencia entre los datos que ha tenido en cuenta la Agencia Tributaria y los datos de que el contribuyente dispone. Hasta la fecha se han registrado ya más de 2,6 millones de declaraciones – un 70% más que en el mismo período del año anterior -, de las cuales 720.000 son borradores confirmados, el 27,7% del total de declaraciones. En cualquier caso, si de lo que se trata es de minorar la tributación, les recomendamos que consulten con un experto fiscalista para comprobar la exactitud de estos borradores de declaración, a efectos de la realización de un asesoramiento puntual y profesionalizado. Como siempre, desde esta redacción les mantendremos informados de cualquier novedad que pueda producirse en esta materia.

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