La Ley de Acompañamiento a los Presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2003 introduce, como novedad relevante, la posibilidad de que los progenitores que financien a sus hijos la adquisición de su primera vivienda puedan deducirse en su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Öen la parte de la cuota autonómica, lógicamente- un 1% de las cantidades que donen a sus hijos, menores de 32 años, para la compra de dicho inmueble.
Asímismo, se establece que dicha suma no tendrá repercusiones fiscales para los hijos, al declararse exenta del Impuesto sobre Donaciones, si bien deberá acreditarse que efectivamente dicha cantidad ha sido invertida realmente en la compra de la vivienda. Hasta la fecha, los padres que financiaban a sus hijos la adquisición de la propiedad debían demostrar que se trataba de un préstamo sin intereses Öque recuperarían en un cierto período de tiempo- puesto que, de lo contrario, la Administración tributaria lo consideraba como una donación, con la consecuencia de la obligación de tributación del hijo por dicho concepto.
En nuestro entender, sin perjuicio de considerar bienvenida esta medida Öque consideramos de claro corte preelectoral- como cualquier iniciativa destinada a facilitar el acceso a la vivienda y la pronta emancipación de los jóvenes, no debemos olvidar que únicamente beneficiará a los contribuyentes y familias de mayor poder adquisitivo, puesto que no deja de ser preocupante, dado el elevado límite de edad que establece la norma -32 años- que atendiendo a la actual política de precios del mercado inmobiliario, una de las pocas vías para el acceso a la vivienda sea la financiación directa por parte de las acaudaladas familias paternas. Lo cierto es que, en este año 2002, según diversos estudios, una pareja asalariada que ronde la treintena necesita ahorrar una media de trece años de salario para adquirir su vivienda -recordemos- habitual.
Sería recomendable, por tanto, la adopción de iniciativas destinadas a favorecer directamente a los hijos, no a los padres, que al fin y al cabo son los que se verán beneficiados con esta medida en su declaración. Por ejemplo, estos últimos días hemos tenido conocimiento de que el Gobierno está estudiando un nuevo Proyecto para facilitar el acceso a la vivienda, que pondrá en marcha el Instituto de la Juventud -dependiente del Ministerio de Trabajo- y que se presentará en los próximos meses, que consistirá en avalar a quienes decidan adquirir su primer inmueble. La Administración avalará a los jóvenes que deseen acceder a su primera residencia y además, figurará como cotitular del inmueble, aunque el derecho de uso estará reservado al comprador del mismo.
Sin perjucio de analizar, en próximas editoriales, las razones de la actual ÖburbujaÖ del mercado inmobiliario, así como del mantenimiento de los altos niveles de demanda pese al alza desorbitada de los precios, lo cierto es que las perspectivas al respecto, en relación a los próximos años, no son demasiado alentadoras, por lo que es de esperar que, en vista de los próximas campañas electorales que se avecinan, las Administraciones Públicas tomen conciencia de que el problema del acceso a la vivienda constituye una de las principales prioridades a resolver, no sólo en relación al sector joven de la población, sino a los contribuyentes en general.
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