1. Introducción
La contratación laboral de los empleados de fincas urbanas está sujeta a las normas fijadas por la Ley del Estatuto de los Trabajadores (L.E.T., en adelante), sin perjuicio de las particularidades que se hayan introducido por otras normas laborales y por los Convenios Colectivos que regulan la actividad en dicho sector de actividad, al haberse derogado íntegramente la Ordenanza Laboral que regía en él desde el año 1974.
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