La agilización procesal es el título y el objetivo de la Ley 37/2011, de 10 de octubre que el pasado 11 de octubre se publicó en el Boletín Oficial del Estado, y que modifica el proceso penal, civil y contencioso administrativo. En este punto cabría preguntarse si esta agilización pretendida no es a costa de un recorte en los derechos procesales de los ciudadanos.
La Jurisdicción Contencioso Administrativa controla la legalidad de la actuación de las Administraciones Públicas, función suficientemente importante para al menos reflexionar sobre alguna de esas medidas de agilización introducidas.
A pesar de que la Ley afirme rotundamente que introduce “mejoras que permitan agilizar los distintos procedimientos, sin merma de las garantías para el justiciable”, parece que no se cumple en todas las medidas introducidas.
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