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Archivos del Autor: Redacción
La cesión de capitales propios a terceros cuando estos sean sociedades de las que se tenga participación en el capital social se valorará siempre por su valor normal en el mercado.
La cesión de capitales propios a terceros cuando estos sean sociedades de las que se tenga participación en el capital social se valorará siempre por su valor normal en el mercado.
El hecho de que los honorarios se hayan percibido en ejercicio distinto al de su devengo no obsta para que las retenciones hayan de declararse y deducirse en el ejercicio en que realmente se hayan practicado.
Las embajadas de los Estados extranjeros en España están obligadas a retener en concepto de pago a cuenta de I.R.P.F. y a ingresar su importe.
La deducibilidad de determinadas partidas tributarias se condiciona al cumplimiento de los requisitos fijados por el legislador fiscal.
El devengo del I.V.A. por entrega de bienes en el arrendamiento financiero o con opción de compra se produce desde que se asume la obligación de ejercitar dicha opción.
Para que la renuncia a la exención en el I.V.A. sea válida debe comunicarse fehacientemente al adquirente con carácter previo o simultáneo a la entrega de los terrenos.
La falta de acreditación de la existencia de obras justifica que los terrenos transmitidos estén exentos de I.V.A. por no edificables y sujetos a I.T.P.
A efectos de la deducción de las cuotas del impuesto no puede entenderse que la adquisición de los terrenos comporte el inicio de la actividad.