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¿CIEN EUROS POR HIJO?

A partir del próximo mes de enero de 2002, más de 500.000 madres empezarán a percibir mensualmente la nueva paga de cien euros por cada hijo menor de tres años a su cargo, independientemente de cuáles sean sus ingresos o estado civil. Las prestaciones se multiplicarán por el número de hijos, de manera que una familia con tres hijos percibirá 3.600 euros anuales, y a partir del segundo hijo se anuncian fuertes reducciones fiscales.

 

Con este «impuesto negativo sobre la renta» para las madres trabajadoras, el Gobierno -siguiendo el ejemplo de países como Francia, Gran Bretaña y Alemania-, pretende impulsar la natalidad y evitar las consecuencias del envejecimiento de la población. En Londres, por ejemplo, se instauró una paga de unos 470 euros por mes, para incentivar a las madres solteras a trabajar fuera de casa y reducir el número de «familias sin trabajo».

 

Desde Hacienda incluso se ha insinuado que esta cantidad  -en nuestro entender, claramente insuficiente- podría cubrir el coste de guarderías aunque esto no será una condición para percibir la misma. Asímismo, el Gobierno propone incrementar las cantidades desgravables en función de los gastos «reales» que asumen los padres, como gastos de guardería o cuidado dentro del propio hogar de los hijos pequeños. También se aumentarán las desgravaciones aplicables por ascendientes a cargo del contribuyente, o por los gastos de su asistencia fuera del hogar (residencias, acompañantes, etc.)

 

Por tanto, ¿qué persigue el Gobierno con la imposición de estas innovadoras medidas? Dado que el tratamiento de la familia aparece como la cuestión central de la polémica, el objetivo es evidente: se reduce a incentivar la incorporación de la mujer al mercado de trabajo y lograr una efectiva conciliación de la vida laboral y familiar. Estudios recientes indican que únicamente un 3,7 por cien de cada diez mujeres españolas se muestran dispuestas a trabajar fuera de casa, frente al 4,8 por cien de las alemanas, el 5,2 de las británicas y el 6,3 de las suecas.

 

Desde estas líneas debemos manifestar lo afortunado de estas nuevas medidas, si bien con algunas reservas, que se detallan a continuación:

 

·          La reforma sigue considerando a la mujer -asalariada o no- como el pilar básico de la estructura familiar. La idea de que el cuidado de los hijos corresponde prácticamente en su totalidad a la madre todavía cala demasiado hondo en la mentalidad del legislador. Por ejemplo, ¿qué ocurre en los supuestos de las mujeres desempleadas, que desean incorporarse al mercado de trabajo, durante este período? ¿Y en los casos de trabajadores viudos o separados con hijos menores de 3 años a su cargo exclusivo?

 

·          Sería aconsejable aprovechar la polémica en torno al trato fiscal de la familia para eliminar la discriminación existente en relación a los matrimonios de otras formas de convivencia.

  

·          Existe el riesgo de provocar una peor distribución del empleo entre familias, al incentivar de igual modo a las madres de familias de mayor poder adquisitivo, sin necesidad económica, cuyos maridos ya trabajan.

 

Por último, no olvidemos que las normas tributarias -el Derecho en general- aparecen siempre en respuesta a las necesidades y valores imperantes en la sociedad española. Una modificación normativa de estas características constituye un primer paso adelante, pero es evidente que una cuestión tan compleja como la natalidad no puede abordarse únicamente desde la perspectiva de los -propósitos- de incentivos fiscales.

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