Alertas Jurídicas viernes , 26 abril 2024
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¿CÓMO FINANCIAR A LOS AYUNTAMIENTOS?

Una de las cuestiones pendientes en materia de diseño de la financiación de las Administraciones públicas consiste en el tratamiento de las Haciendas locales, tradicionalmente olvidadas en cuanto a esta cuestión y abocadas a concentrar su poder recaudatorio sobre la riqueza inmobiliaria ya sea en fase de tenencia de inmuebles (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) o en su construcción (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras) y transmisión (Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana). Basta reiterar el hecho de que la Administración local es responsable únicamente del 13% del gasto público total (las Comunidades Autónomas en sólo 25 años de existencia han alcanzado el 36% del gasto público total) y que se trata de la Administración más próxima al ciudadano, es decir, la más sensible a sus necesidades y demandas de servicios.

 

A título de ejemplo, se puede comparar la parte de la tarta de los principales impuestos del sistema que han sido cedidos parcialmente cedidos a las Administraciones locales frente a las cantidades cedidas a las Comunidades Autónomas. Así, las Comunidades Autónomas reciben cada una de ellas el 33% de la cuota del IRPF proveniente de sus residentes lo que supuso en 2005, 18.221 millones de euros, el 35% de las cuotas de IVA generadas en su territorio (por importe de 17.367 millones de euros) y el 40% de los Impuestos Especiales por los consumos efectuados en cada Comunidad (8.029 millones de euros) y en el actual proceso de revisión de la financiación autonómica se piensa incrementar este nivel de cesión hasta el 50% en el caso del IRPF y del IVA y hasta el 58% de los Impuestos Especiales sobre consumos específicos. El total de estos impuestos cedidos alcanza los 43.617 millones de euros.

 

Por lo que respecta a los Ayuntamientos, la cesión que existe, desde 2004, se limita al 1,6875% del IRPF, el 1,78987% del IVA y el 2,0454% de los Impuestos Especiales y no se extiende a todas estas entidades sino que solamente se aplica a los municipios que sean capitales de provincia, de Comunidad Autónoma o que tengan población de derecho igual o superior a 75.000 habitantes. Las Diputaciones Provinciales son también beneficiarias de la cesión del 0,9936% del IRPF, del 1,0538% del IVA y el 1,2044 de los Impuestos Especiales. Dada la diferencia de porcentajes, la recaudación total obtenida por este concepto asciende a 1.241 millones de euros.

 

Mientras las Comunidades Autónomas avanzan por la senda de la corresponsabilidad fiscal por la vía de los tributos cedidos, las Administraciones locales están avanzando muy lentamente por esta vía. Se hace urgente, por tanto, introducir los cambios legales oportunos para que todas las entidades locales puedan recibir una mayor fracción de los tributos cedidos opción seguida por los países escandinavos, siempre ejemplo de modelo a seguir en cuanto a las prestaciones sociales.

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