La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en sentencia de 26 de octubre de 2015, ha desestimado un recurso de suplicación contra una sentencia del juzgado de lo Social 2 de Cartagena que declaró procedente el despido de un trabajador de empresas dedicadas a la cosecha y producción de tomate por rellenar los partes de trabajo de otro, simulando su presencia, y firmando por él, “cuando quién trabajaba era una persona ajena a la empresa”.
El trabajador fue despedido en 2013 por la empresa por incurrir en una falta muy grave prevista en el convenio colectivo aplicable por «contribuir a simular la presencia de otro trabajador en la empresa firmando o fichando por él a la entrada o a la salida del trabajo».
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