Estando próximo el final de este año 2003, debemos recordar a nuestros lectores la conveniencia de hacer números antes del 31 de diciembre, por si fuera recomendable adoptar alguna decisión que pueda tener incidencia en nuestra declaración de I.R.P.F., a presentar en la próxima primavera de 2004. Nos encontramos en el momento en que los contribuyentes, cada año, todavía estamos a tiempo de ajustar nuestra próxima factura fiscal. Este tipo de decisiones pueden consistir en realizar determinadas operaciones, o bien en aplazarlas en función del tiempo transcurrido, que puede jugar a nuestro favor.
Las escasas novedades fiscales previstas para el 2004 nos ofrecen pocas posibilidades de ahorrar impuestos: este año debemos limitarnos a aprovechar las oportunidades de desgravar, o de tributar a un tipo más bajo, que ofrece la actual Ley del I.R.P.F., y que para la mayoría de los contribuyentes quedan reducidas a la deducción por vivienda y a las aportaciones a Planes de Pensiones. Por otra parte, se debe tener en cuenta que a finales de año finaliza el plazo para que los titulares de sociedades de cartera en régimen de transparencia las disuelvan o las conviertan en sociedades patrimoniales, que tributarán al 40%.
Como es sabido, la compra de la vivienda habitual permite reducir la factura fiscal hasta en 1.803 euros, cuantía máxima para el límite de inversión deducible – 9.015 euros – y nos encontramos en los dos primeros años de liquidación de la hipoteca. Tampoco debemos olvidar la posibilidad de deducir hasta el 15% de las cantidades aportadas a una cuenta – vivienda, teniendo en cuenta que existe un máximo de cuatro años para adquirir dicha vivienda.
La inversión en Planes y Fondos de Pensiones cada año puede suponer una disminución importante de la cuota final a ingresar en concepto de I.R.P.F., cuyas aportaciones resultan decisivas a estos efectos, puesto que se descuentan directamente de los ingresos del ejercicio, antes de calcular el tipo impositivo que debe abonar el contribuyente, lo que permite romper la tan denominada progresividad del impuesto. Por ello, el ahorro que se consigue con un Plan de Pensiones es mayor cuanto mayores son los ingresos del contribuyente.
Durante este ejercicio el ahorro que se puede conseguir por esta vía es más importante, ya que el nuevo I.R.P.F. elevó la cuantía de las aportaciones que se pueden restar de la base imponible, pasando el límite de 7.212,15 a 8.000 euros, cantidad que se incrementa en 1.250 euros por cada año que el partícipe supere los 52 años de edad. Más de un 60% de las aportaciones que los particulares realizan a Planes de Pensiones se llevan a cabo en los dos últimos meses del año.
Además, no debemos olvidar realizar balance de los gastos que generan deducción, como los donativos a entidades de utilidad pública – que permiten desgravar el 20% de la cantidad donada, siempre y cuando se disponga del correspondiente justificante emitido por la entidad beneficiaria – así como las cuotas satisfechas a sindicatos, gastos de Letrado en procedimientos laborales, cuotas satisfechas a Colegios profesionales en aquellos supuestos en que la colegiación es obligatoria, entre otros. Por otra parte, si tiene problemas crónicos de salud, no olvide solicitar el certificado oficial de grado de minusvalía, que le permitirá disfrutar de mayores beneficios fiscales. Consulte, también, las deducciones aprobadas por su Comunidad Autónoma de residencia.
Por último, les informamos de que, como es habitual, en los próximos números de FISCAL-LABORAL AL DÍA se realizará un estudio detallado de las novedades y modificaciones tributarias y laborales previstas para 2004 en la Ley de Presupuestos y en la Ley de Acompañamiento. Esperamos que estos breves consejos prácticos les hayan sido de utilidad, si bien, para adaptar la información a su supuesto concreto, no duden en ponerse en contacto con su asesor fiscal.
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