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FISCALIDAD MEDIOAMBIENTAL Y OTRAS MEDIDAS TRIBUTARIAS

El BOE de octubre publicaba la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras. En el número de octubre ya dedicamos un artículo a estudiar las medidas fiscales que incorporaba el entonces proyecto.

La Ley como medida en materia de fiscalidad medioambiental crea el Impuesto sobre gases fluorados de efecto invernadero e introduce modificaciones en el Impuesto sobre Hidrocarburos, Impuesto sobre la Electricidad y el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

La ley introduce diversas modificaciones que afectan al Impuesto Sobre Sociedades y que tienen efectos desde el 1 de enero de 2013, como la supresión de la deducibilidad del deterioro de los valores representativos de valor de las participaciones en el capital o fondos propios de entidades, así como de las rentas negativas generadas durante el plazo de mantenimiento de establecimientos permanentes ubicados en el extranjero. Y prorroga para los  ejercicios 2014 y 2015 ciertas medidas que se adoptaron con carácter temporal, tales como el régimen de amortización especial de los contratos de arrendamiento financiero, los tipos incrementados en los pagos fraccionados y pagos mínimos para grandes empresas, y las limitaciones a la libre amortización de activos, deducibilidad fiscal del fondo de comercio y a la compensación de bases imponibles negativas.

Se introducen modificaciones en el Impuesto sobre las Personas Físicas para excluir en el ámbito de este impuesto para la determinación del rendimiento neto en estimación directa, la aplicación del nuevo supuesto de gasto no deducible introducido en el Impuesto de Sociedades, la no deducibilidad de las rentas negativas obtenidas en el extranjero a través de un establecimiento permanente, y se añade una nueva obligación de información que afecta a las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva y a las entidades comercializadoras respecto de las acciones y participaciones en dichas instituciones incluidas en sus registros de accionistas o partícipes.

Destacable también entre las medidas que contiene la Ley, es la modificación de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva al incorporar una nueva obligación de información de las operaciones de transmisión y reembolso efectuadas por los accionistas o partícipes requeridas a entidades gestoras y comercializadoras de Instituciones de Inversión Colectiva. O la regulación de un régimen fiscal de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB).

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