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IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

OPERACIONES VINCULADASInterpretación del ajuste secundario del artículo 16.8.2 de la LIS en las operaciones vinculadas. No estamos ante una norma antielusiva, sino ante una norma que determina la cuantía de la base. El artículo 16.8 párrafo segundo no contiene norma especial alguna, pues ha de regirse por el criterio general establecido en el artículo 16.1 y 16.8.1. La específica previsión contenida en la norma del artículo 16.8 párrafo segundo y la presunción allí formulada podrá operar cuando concurran las circunstancias que allí se contemplan, y, naturalmente, siempre que no se acredite por los medios admitidos en derecho que la transferencia real de rentas se ha producido de un modo diferente a como el precepto presume. Nulidad de pleno derecho del último inciso del artículo 21.2, artículo 21 bis 2.a) párrafo segundo y artículo 21 bis 2. b) párrafo segundo del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. Es evidente que el texto reglamentario añade unas presunciones no contenidas en la ley para los supuestos en que la diferencia no se corresponde con la participación en la entidad, lo que obliga a su anulación. Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de mayo de 2014.

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