CESIÓN DEL CRÉDITO A LA DEVOLUCIÓN. Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de septiembre de 2011.Posibilidad de intervención de un cesionario de un crédito a la devolución de IVA en un recurso interpuesto por el cedente contra la denegación por parte de la Hacienda Pública de su pretensión de devolución de IVA. La obligación tributaria en cuanto “ex lege” no puede ser modificada por pactos o convenios de los particulares. Los cesionarios no tienen intervención en los procedimientos tributarios iniciados por los cedentes.
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