Alertas Jurídicas sábado , 20 abril 2024
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La frialdad de la progresividad del IRPF

Ha salido a la palestra que el Gobierno ha decidido no incorporar ninguna actualización de las cantidades legalmente previstas en el IRPF para el año 2001. La no actualización del mínimo vital y mínimos personales así como de la tarifa produce el fenómeno de la –progresividad en frío–, es decir, que aquéllas personas a las que se actualicen sus rentas en función del IPC verán como, a pesar de que no ganarán capacidad económica sino que únicamente la mantendrán, habrán de pagar más por ello.

 

Esta situación se acompaña del hecho, ciertamente grave, de la aplicación de un plazo superior a los tres meses de un sistema de retenciones sobre las rentas del trabajo personal declarado parcialmente nulo por una Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de mayo de 2000, recientemente publicada en el BOE.

Se trata de normas que impiden tener en cuenta ciertas reducciones en el momento del cálculo del tipo de retención aplicable a las rentas salariales como el número de hijos, el número de ascendientes o limitando la consideración del cónyuge como no perceptor de rentas a unas raquíticas 100.000 pesetas anuales como máximo.

 

Ningún Gobierno puede olvidar que el IRPF es el eje vertebrador de todo el sistema tributario. Es el que mejor respeta la capacidad económica al someter a gravamen la totalidad de las rentas percibidas por la persona física. A través del tratamiento diferenciado de las rentas y el reconocimiento de exenciones se pretende aportar equidad al sistema tributario. Además, se trata de un impuesto que debe tener en cuenta la situación personal y familiar de las personas físicas y estos factores se tienen en cuenta precisamente a través de las cuantías del mínimo personal y familiar que son las que no se actualizan.

 

Sin embargo, frente al mantenimiento de las tarifas de gravamen hace pocos meses se ha efectuado una rebaja de la tributación de las plusvalías en las que se ha reducido el plazo para que pasen a ser calificadas como irregulares (de dos años a uno) y se ha reducido el tipo de gravamen del 20 al 18%.

 

Estos hechos demuestran que el Gobierno no parece tener mucho interés en mejorar la situación de las rentas del trabajo personal que representan más del 83% de las rentas totales declaradas por el IRPF. Sin embargo, sí que tiene interés en rebajar la tributación de las plusvalías rentas generadas indirectamente del trabajo o de la actividad empresarial pero no directamente de tales fuentes de riqueza.

 

Quizás resulte difícil regular de forma adecuada el sistema de retenciones en la fuente sobre rentas del trabajo personal pero la solución es muy sencilla en este caso. Consistirá en aplicar un tipo fijo de retención del 14% sobre las rentas salariales de carácter definitivo y, entonces, no habrá problemas de actualizaciones y el sistema de gestión sería más cómodo para los pagadores. En realidad, volveríamos al sistema de 1964.

 

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