Alertas Jurídicas viernes , 19 abril 2024
Inicio » Sentencias y Resoluciones » La regla general sobre imputación se corresponde con el momento del cobro y puede ser excepcionada por el sujeto pasivo en el momento de nacimiento del derecho

La regla general sobre imputación se corresponde con el momento del cobro y puede ser excepcionada por el sujeto pasivo en el momento de nacimiento del derecho

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 27 de marzo de 2008.

Se analiza en este expediente la norma sobre imputación temporal de rentas, en este caso, ganancias de patrimonio, a un determinado período impositivo a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Concretamente, en el supuesto de hecho una persona física había transmitido por venta mediante escritura pública de 27 de febrero de 1996 la propiedad del 0,2285713 por ciento de un edificio sito en Barcelona.

En relación con esta materia el artículo 56.4 de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, dispone que “en el caso de operaciones a plazos o con precio aplazado, las rentas se imputarán proporcionalmente a medida que se efectúen los cobros correspondientes, salvo que el sujeto pasivo decida imputarlas al momento del nacimiento del derecho”.

Dicho precepto contiene una regla de general imputación que se corresponde con el momento del cobro, regla que puede ser excepcionada por el sujeto pasivo al momento de nacimiento del derecho, que en este caso concreto habría sido el ejercicio 1996,  pero ningún elemento probatorio se ha aportado de que el interesado optara con ocasión de la declaración correspondiente a tal ejercicio por el criterio del devengo y practicara conforme a él la liquidación. Prueba de ello es que el acta que se practicó de tal ejercicio fue de comprobado y conforme, considerándose que en la declaración no se advirtieron errores ni omisiones, lo que equivale a ratificarla en sus términos y a la confirmación de que no se optó en tales momentos por el criterio del devengo y, en consecuencia, que no se acogió a la posibilidad que le ofrecía la disposición legal.

Esta decisión no puede ser revocada posteriormente a conveniencia por resultar extemporáneo y contrario a los propios actos, por lo que el motivo no puede prosperar.

www.bdifiscallaboral.es, marginal 285806

#ads1{display: none !important;}
#ads2{display: none !important;}
#ads3{display: none !important;}
#ads4{display: none !important;}
/*.code-block {display: none !important;}*/
#economist-inarticle{display: none !important}
#publicidad{display:none;}

#cortardivhglobal{display: none !important;}

¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Lo quiero



¿Quieres seguir leyendo?

Suscríbete a Fiscal al día desde

4.90€/mes+ IVA

Contenidos relacionados

Ver Todos >>

Jurisprudencia Laboral

Jurisprudencia Laboral

JURISPRUDENCIA LABORAL ABRIL 2020     La determinación del convenio colectivo aplicable no viene determinada por el lugar de suscripción del contrato, sino por la sede donde el trabajador tenga conexión geográfica   ¿Quieres seguir leyendo? Suscríbete a Fiscal al día desde 4.90€/mes+ IVA Lo quiero Leer Más »

Requisitos para enervar un desahucio de alquiler por impago del IBI

Requisitos para enervar un desahucio de alquiler por impago del IBI

¿Se puede enervar (deshacer un lanzamiento y continuar con el contrato) un desahucio de arrendatario por no haber pagado el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) si su cálculo fue incorrecto y así lo hace ver el perjudicado? El Tribunal Supremo considera que sí. Es indiferente que el arrendatario haya pagado el concepto que ahora impugna en otras ocasiones, y que ... Leer Más »

La posible exención fiscal de unos tickets formación en idiomas incluidos en un plan de retribución flexible

La posible exención fiscal de unos tickets formación en idiomas incluidos en un plan de retribución flexible

Dirección General de Tributos, consulta vinculante V3207-18, de 18 de diciembre de 2018   En el supuesto planteado la entidad consultante y los empleados interesados en recibir la formación de idiomas acordarían, mediante la modificación del contrato de trabajo existente, un cambio en la composición del sistema retributivo, de tal forma que se sustituye una retribución dineraria por esta concreta ... Leer Más »

Despido por absentismo en el que se computan como no trabajadas las horas de asistencia a los plenos del ayuntamiento en calidad de concejala

Despido por absentismo en el que se computan como no trabajadas las horas de asistencia a los plenos del ayuntamiento en calidad de concejala

Sentencia del Tribunal Constitucional de 26 de noviembre de 2018   La empresa despide a una trabajadora por causas objetivas, concretamente por faltas de asistencia al trabajo aun justificadas pero intermitentes, en los términos regulados en el art. 52 d) del Estatuto de los Trabajadores, siendo parte de dichas ausencias consecuencia de su asistencia a plenos del ayuntamiento en calidad ... Leer Más »

Ver más contenidos en esta categoría >>

Comparte este artículo

¡Comparte este contenido con tus amigos!

Fiscal & Laboral al día