Alertas Jurídicas sábado , 27 abril 2024
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LAS FUNCIONES DEL TÉCNICO EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

 

Hace unos meses, alguien preguntó al encargado de sección en una fábrica sobre qué opinaba del Técnico de Prevención de la empresa. En un principio dudó sobre quién era, después me dijo: «Ah sí, ese chaval que está todo el día en su despacho haciendo papeles, de vez en cuando se pasea por la fábrica y te echa una bronca por no llevar el casco puesto y, luego, te envía un correo sobre qué artículo de la Ley has incumplido.» Probablemente, ésta sea la opinión que de los Técnicos de Prevención tienen muchos trabajadores, mandos y directivos.

 

Está claro que la opinión que manifestaba el encargado nacía no de la objetividad del trabajo realizado por el técnico sino de una percepción totalmente subjetiva. Pero, ¿por qué esta percepción? Probablemente en las empresas la valoración del técnico no es fruto de los resultados de su actuación sino de la actitud de éste ante el resto de la organización.

 

Es cierto que la prevención de riesgos laborales conlleva una actuación tecnológica muy importante, el técnico requiere una serie de conocimientos sobre métodos de evaluación, de diseño de medidas, utilización de equipos, etc. Sin embargo, la empresa es una organización compuesta por personas, que analizadas desde un punto de vista preventivo están poniendo en riesgo su bien más preciado: la salud.

 

En consecuencia, dentro de la actuación preventiva, a diferencia de otras actuaciones técnicas de la empresa, existe un componente humano muy importante. A su vez, la prevención se encarna dentro de la organización junto con conceptos de interrelaciones personales y laborales complejas, que van a afectar a todas las partes implicadas. Es dentro de esta complejidad donde el técnico debe integrar su actuación, si quiere conseguir resultados.

Por otra parte, si analizamos la tan nombrada «integración de la acción preventiva», nos encontramos que, desde la visión del técnico de prevención, siempre nos hemos quejado de la falta de mentalización de las organizaciones para conseguir dicha integración, de tal forma que, cuando hablamos de la dirección de la empresa, le criticamos «su falta de implicación» y cuando nos referimos a los trabajadores censuramos «su falta de cumplimiento de las medidas preventivas», habiendo polarizado la falta de resultados en prevención entre estos dos problemas; permitiéndonos de esta forma enmascarar la, en muchos casos, incapacidad del técnico para conseguir dichos resultados, máxime cuando dicha culpa puede ir asociada a responsabilidades de tipo judicial.

 

Es dentro de esta situación donde el técnico se ha movido con total libertad, donde se dedica a diseñar y elaborar sistemas de gestión de la prevención -Planes de Prevención de acuerdo con la tecnología legal – en los que se desarrolla un reparto de funciones y responsabilidades que siempre culpabiliza del fallo a los demás, permitiendo la documentalización y registro de dicho fallo. Situación que se ve claramente reflejada en la lucha conceptual de si el técnico y los servicios de prevención son para «asesoramiento y apoyo» o si bien deben implicarse en la realización.

 

Concluye en el próximo número

 

Con la colaboración de D. Pedro Tuset del Pino

Abogado especialista en Derecho Laboral

Asesoría Jurídica Tuset

pedrotuset.abogado@menta.net

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