Alertas Jurídicas sábado , 20 abril 2024
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Los límites del control

 


 


Es conocido por todos los asesores fiscales la obligación de que las empresas y profesionales presenten anualmente durante el mes de marzo una declaración en la que relacionen sus proveedores y clientes con los cuales las operaciones hayan superado el límite de 3.005,06 euros (500.000 de las antiguas pesetas).


 


Es frecuente también criticar la ausencia de actualización de esta cantidad desde hace tiempo que suponemos relacionada con la implantación del Impuesto sobre el Valor Añadido en nuestro sistema tributario.


 


Sin embargo, este límite quedó fijado mucho tiempo antes y no ha sido modificado hasta ahora. En efecto, el Decreto 2402/1969, de 16 de octubre, sobre obligaciones formales en el Impuesto General sobre el Tráfico de Empresas que creó la obligación de remitir anualmente durante el mes de febrero una relación de proveedores y sus clientes cuando las cifras anuales de negocios con el declarante sean superiores a 200.000 pesetas. En desarrollo de este Decreto se publicó la Orden de 13 de febrero de 1970 que elevó el límite hasta las 500.000 pesetas ¡que siguen vigentes!


 


Aplicando los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística, la inflación acumulada desde febrero de 1970 hasta febrero de 2008 asciende al 1.851,2%. Ello supone que el límite tendría que ser de 9.756.000 pesetas ó 58.634,74 euros. Nada ver con la situación actual.


 


¿Cómo es posible que la Administración tributaria mantenga los límites invariados durante tanto tiempo? ¿Desconoce el fenómeno de la inflación? O ¿es tal la desconfianza hacia los empresarios y profesionales que baja el listón del control tan abajo para tener la mayor información posible sobre las operaciones efectuadas?


 


Por supuesto, son los obligados tributarios los que han de hacer el esfuerzo de preparar los datos y facilitarlos a Hacienda siempre ávida de información.

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